lunes, 31 de agosto de 2015

DECLARACIÓN POLÍTICA DEL V ENCUENTRO NACIONAL DE MILITANTES DE LA UP





Montevideo, 29 de Agosto 2015
DECLARACIÓN POLÍTICA DEL V ENCUENTRO NACIONAL DE MILITANTES DE LA UP

Con la presencia de militantes de todo el país, sesionó el 5to. Encuentro de Militantes de la UP, para analizar tal como estaba previsto las tareas propias de nuestro funcionamiento y trazar las principales líneas de trabajo nacional. En la actual situación de fuertes movilizaciones populares, se advierte el deterioro de la vida de los trabajadores y del pueblo todo por la aplicación de una política del gobierno del Frente Amplio con la complicidad del Partido Colorado, Partido Nacional y Partido Independiente, en una política de recortes, de achique del Estado, y de rebaja del salario.
El V Encuentro de la Unidad Popular AP reunido en forma ordinaria, expresa su firme voluntad de lucha y a la vez preocupación por el rumbo que ha tomado la política del gobierno en toda su expresión, llamando a la solidaridad activa con todos los trabajadores y especialmente a los de la enseñanza en lucha.
La Unidad Popular recuerda una vez más que: la crisis económica que se expresa en una nueva caída de la producción afectando la ocupación, el salario, las jubilaciones, crece el número de desocupados en el país y se entrega la soberanía al capital financiero internacional, lo cual es de entera responsabilidad del continuismo de la política económica que privatiza, vende la tierra, deteriora el medio ambiente y va contra todos los orientales que viven de su trabajo.
Que además ante los elevados niveles de corrupción en las alturas, lleva invariablemente a una situación de crisis en toda la política del partido de gobierno.
Que las contradicciones hoy existentes en el gobierno nacional, son resultado de su política, y del deterioro político ideológico y orgánico de su política al servicio de ese capital financiero internacional.
Llamamos a denunciar que la esencialidad decretada contra los medios de la enseñanza y las violaciones a los derechos humanos en el MIDES, expresan en forma nítida y no casual lo que allí viene sucediendo.
La nueva crisis evidencia un fuerte protagonismo de las masas increpando fuertemente a los principales sostenedores de esta política en el gobierno y en la dirección del movimiento sindical, y pone sobre la mesa la nueva situación que debemos enfrentar con responsabilidad y firmeza.
El gobierno ha optado por enfrentar a los trabajadores y al pueblo, nuestro camino es llevar nuestro mensaje sin perder la perspectiva de que nuestro programa, nuestra acción militante, y también nuestra gestión parlamentaria deben actuar con flexibilidad y explicar al pueblo lo que sucede con la determinación unitaria que ha sido uno de los más importantes distintivos de nuestro política.
Compañeros llamamos a redoblar nuestro trabajo en todo el país, y a llevar nuestra voz y solidaridad a los miles de uruguayos que han tomado las calles en estos días!!!
VIVA LA UNIDAD POPULAR!
5to. Encuentro Nacional de Militantes
Unidad Popular-Asamblea Popular



domingo, 30 de agosto de 2015

Exclusivos | Encuentro especial con Alejandro Castro Espín | 2015-08-20





Paradigmas de la Revolución Cubana

Por Alejandro Castro Espín, a traves de la TV "Al-Mayadeen".

Entrevista a la Televisión Pan Árabe Al Mayadeen.

Es un diálogo en exclusiva a Ghassan Ben Jeddou, presidente del Consejo de Dirección del Canal Al Mayadeen, en el Palacio de las Convenciones, de La Habana *.
 
Castro Espín hace un repaso en la entrevista sobre la realidad cubana y también se refiere a su libro “El Imperio del terror”.
La situación actual de la Revolución Socialista, que a pesar de los cambios producidos en las relaciones con los EEUU, continúa el bloqueo.
Habla de los temas fundamentales de su libro "El imperio del terror", y lo que representa la desigualdad que quieren imponer las élites imperialistas norteamericanas que no representan a los intereses de sus pueblos, pues sus medidas de dominio y chantaje va destruyendo el planeta, y las claves del pensamiento de destrucción de los EEUU, a través de los medios informativos.
Desarrolla cuales son los retos a los que se enfrenta el pueblo cubano ante un pensamiento unipolar basado en la guerra, los hitos que ha conseguido la diplomacia cubana, la liberación de los cinco, las diferencias esenciales del modelo cubano y las enseñanzas de la solidaridad internacional, y porqué la única salida contra esta Dictadura de los mercados es la Revolución Social.

viernes, 28 de agosto de 2015

Charla con Eduardo Rubio


Marcha por la educación























Conferencia de Unidad Popular, sobre la educación

La Unidad Popular expresó en conferencia de prensa su rechazo al decreto de esencialidad tomado por el gobierno para amedrentar a los maestros y docentes en lucha.
Durante la misma el diputado Eduardo Rubio junto al Coordinador Nacional de la UP se manifestaron en contra del decreto y expresaron su solidaridad con la lucha que vienen desarrollando educadores,  funcionarios no docentes y estudiantes.
A continuación vuelva a escuchar a Gonzalo Abella, Gustavo López, Mónica Ramírez y Ricardo Cohen, durante la conferencia de prensa: 

Gonzalo Abella:
http://www.ivoox.com/gonzalo-abella-27-8-audios-mp3_rf_7633376_1.html

Gustavo López:
http://www.ivoox.com/gustavo-lopez-26-8-audios-mp3_rf_7633332_1.html

Mónica Ramírez:
http://www.ivoox.com/monica-ramirez-27-8-audios-mp3_rf_7633357_1.html

Ricardo Cohen:
http://www.ivoox.com/ricardo-cohen-27-8-audios-mp3_rf_7633385_1.htm

Declaración:
NO AL DECRETO FASCISTIZANTE DE ESENCIALIDAD EN LA ENSEÑANZA PÚBLICA
Declaración de Unidad Popular ante el Decreto de esencialidad de la Educación
La Unidad Popular emitió el lunes 24 de agosto una Declaración en la que expres “nuestro mayor repudio a este decreto fascistizante, que le quita la máscara progresista al gobierno del oportunismo, y nuestra solidaridad fraterna con todos los trabajadores y estudiantes en lucha”. Trascribimos en forma íntegra esta declaración:

Declaración de la Unidad Popular

NO AL DECRETO FASCISTIZANTE DE ESENCIALIDAD EN LA ENSEÑANZA PÚBLICA
A DEFENDER CON LUCHA LA PLENA VIGENCIA DEL DERECHO DE HUELGA
AL PUEBLO ORIENTAL:
El gobierno seudoprogresista del Frente Amplio en el mediodía de hoy, a través de la Ministra de Cultura, María Julia Muñoz acompañada por el ministro de Economía Danilo Astori, anuncia un infame decreto de esencialidad contra las justas y legítimas medidas de lucha, por el 6% para la Educación Pública y Salario Mínimo de ½ canasta familiar, que vienen protagonizando sacrificadamente los trabajadores de la educación, ante la presentación de un Presupuesto Quinquenal con Ajuste Fiscal y Rebaja Salarial.
Esta medida represiva y fascistizante, que en su momento fue tomada por el pachecato, intenta frenar la generalización y profundización de las luchas en curso ante la intransigencia de un gobierno claramente proimperialista y atado a los mandatos del FMI.
Expresamos nuestro mayor repudio a este decreto fascistizante, que le quita la máscara progresista al gobierno del oportunismo, y nuestra solidaridad fraterna con todos los trabajadores y estudiantes en lucha.
Ante esta situación, nos comprometemos a impulsar con la mayor energía una acción de conjunto, de todas las organizaciones del campo popular, que posibilite hacer retroceder al gobierno y este decreto.
COORDINADOR NACIONAL DE LA UNIDAD POPULAR-AP
24 de Agosto de 2015

Conferencia completa UP sobre situación de la Enseñanza

miércoles, 26 de agosto de 2015

Dice la burguesía sobre el maestro

Volvemos a compartir el Mensaje de la 36, emitido el 2 de agosto de 2010, de gran vigencia en este momento y que puede volver a escuchar aquí:.
http://www.ivoox.com/mensaje-36-2-agosto-2010-audios-mp3_rf…

MENSAJE DE LA 36
DICE LA BURGUESÍA SOBRE EL MAESTRO:
¡Que sentimiento aparte del religioso, podrá ser más conveniente que éste para el educador que tantos contratiempos tiene que arrostrar!”.
“Conducir al hombre, como portador consciente de los valores eternos, a un sentido de la vida equivale a erigirse en instrumento del Eterno para la realización de dichos valores”.
SOBRE LO CUAL OPINA EL PROLETARIADO:
Un “apóstol” sufrido y “candoroso” que soporte tranquilo la miseria y el hambre, porque cuanto más hambre y miseria más diáfano será el apóstol, he ahí un ideal que la burguesía tiene particular interés en difundir. En directo contacto con las masas populares sería peligroso que el maestro llegara a comprender que también es un obrero como los otros, y como los otros explotados y humillado. ¡Que procedimiento más refinado, en cambio, convertir su propia miserable situación en la virtud más excelsa de este venerable “instrumento del eterno”.
Solo el socialismo puede crear el “hombre nuevo”, “Un nuevo tipo de hombre, que trabaje por igual en las bibliotecas y en las usinas, y que lo mismo corte madera, que cargue un fusil, o que discuta de los problemas más abstractos”. La “nueva educación” significa pues para el proletariado, un ideal preciso. Frente al niño fascista formado por la burguesía en la última etapa de su historia, para defender y mantener la explotación, el proletariado en el poder se apresura a construir un nuevo tipo de niño; el niño que sirve los intereses de la única clase social que en vez de perpetuarse como tal aspira a destruir las clases sociales para liberar a la sociedad.
Frente a esas dos concepciones de contenidos tan opuestos que podríamos encarnar en los nombres de Gentile y Lunatcharsky, vimos anteriormente que otra corriente de la “nueva educación” se esforzaba en tomar una actitud intermediaria. Entre el fascismo de la burguesía y el socialismo del proletariado, aspiraba a crear una educación que no tuviera que ver ni con uno ni con otro. Á que clase social interpreta esa corriente? Es lo último que nos falta ver. Cuando se escucha a los teóricos de la burguesía no puede haber muchas dudas respecto a lo que quieren; no las hay, y mucho menos, en las francas palabras del proletariado. Pero al ponernos en contacto con los nuevos teóricos cuyo nombre representativo podría ser lo mismo Spranger que Wyneken, todo se vuelve indeciso, confuso, vacilante. Se tiene por momentos la impresión de que sospechan algo de lo que en el mundo está ocurriendo, pero que prefieren mejor no saberlo del todo. Desarraigados de un sistema de convicciones, no están todavía instalados en otro. Se sienten por lo mismo como seres sin quicio y se forman sobre todo lo que observan, opiniones que bizquean. Saben por ejemplo, que la historia cambia y que las sociedades se transforman pero como les asusta admitir la lucha entre las clases se contentan a los sumo con la lucha entre las “generaciones”. Saben también que las religiones son formas subalternas hace rato superadas, pero como no se animan a conducir hasta el fin su pensamiento, se detienen en una “religiosidad sin religión” , que es como decir una humedad sin agua. Ambigua situación que los obliga a reconocer en el Universo la existencia de un “irracional” de una “finalidad” o de un “elan” que es a la postre otras tantas maneras de volver a aceptar un Dios de barbas blancas. Como no saben ni se atreven a dar respuesta franca a ninguna de las grandes cuestiones más urgentes, aseguran que la problematicidad está en el centro de todo lo que existe y que la filosofía después de haberse asfixiado en los grandes sistemas debe abrazarse ahora en las aporías.
Si algún término de altísimo linaje puede revelar la recóndita angustia de esos teóricos, ahí está precisamente ese nombre que viene de Aristóteles. Aporía significa etimológicamente “sin camino”.
Trágica situación, que aunque lleva nombre griego, no disimula en lo más mínimo las raíces económicas de la clase social que allí se angustia. Porque entre la burguesía que marcha hacia la muerte y el proletariado que sabe con igual certidumbre que los destinos de la humanidad están entre sus manos, hay otra clase social de caracteres híbridos y de contornos ambiguos que nunca sabe a ciencia cierta lo que quiere. Tironeada de un lado por la burguesía, atraída del otro por el proletariado, la pequeña burguesía constituye una clase turbia, indecisa y vacilante. Aplastada por la gran burguesía, la pequeña no desaparece de acuerdo a una línea gradualmente descendente. Se mueve entre contradicciones y tiene por lo mismo una marcha en zigzag. La fuerza que la oprime es la producción en gran escala que periódicamente desaloja a los pequeños capitales; malos tiempos entonces que hace del pequeño burgués un proletario. La fuerza que la eleva es la desvalorización periódica del gran capital motivada por el envejecimiento de las máquinas y de las técnicas; excelente época para la pequeña burguesía que levanta cabeza durante un corto tiempo hasta que el gran capital la obliga en breve a doblegarse.
Burgués unas veces, proletario otras, el pequeño burgués vive perpetuamente sentado entre dos sillas, rechazado por la burguesía en la cual desearía entrar, atraído por el proletariado en el cual teme caer.
Abierto a las innovaciones pero deseoso de implantarlas dentro de la ponderación, el pequeño burgués no alcanza a comprender que la educación no es un fenómeno accidental dentro de una sociedad de clases, y que para renovarla de verdad se necesita nada menos que transformar desde la base el sistema económico que la sustenta. Tal perspectiva le horroriza y no puede entrar en sus planes para nada, pero como no es sordo a las voces de su tiempo prefiere creer que dentro del capitalismo se llegará mediante retoques paulatinos a transformar la sociedad.
Algunas conquistas aparentes le dan a veces una sombra de razón; en determinadas circunstancias, cierto es la burguesía puede verse obligada a oportunas concesiones con el objeto de desarmar algunas amenazas. Pero esas retiradas prudentes que no comprometen jamás sus intereses vitales se transforman en instantáneas ofensivas cuantas veces se siente peligrar. Creer por lo tanto que con pequeños retoques en la educación se podría cambiar la sociedad es no sólo una esperanza absurda, sino socialmente mucho peor; una utopía que resulta a la postre reaccionaria porque encalma o entibia las inquietudes y las rebeldías con la ilusión de que el día en que el Estado se “autolimite” el día en que el Estado se desprenda graciosamente de la educación, ese día en que el estado se desprenda graciosamente de la educación, ese día será el de la natividad del hombre nuevo. Al pretender para la escuela una región imposible por encima de las clases, la pequeña burguesía la entrega de hecho maniatada a las más obscuras fueras del pasado.
Signos bien elocuentes está mostrando ya la tendencia que la empuja a la derecha. El discurso en que Kerschenteiner anunció la escuela del porvenir, ¿no fue pronunciado en la Iglesia de San pedro, en Zurich?
La escuela activa de que tanto habla el bueno de Alfredo Ferriere, ¿no enseña también a ver en la gendarmería y el ejército los protectores y guardianes de la sociedad y la familia.
Gaudig el autor de “La escuela al servicio de la personalidad en desarrollo”, ¿no afirma que para que esa personalidad se realice es menester que la escuela esté de acuerdo con el estado “unificador” y con la Iglesia “moralizadora”. La patética señora Montessori, después de arrojar de su ciudad educativa a los gnomos y a las hadas porque las cosas de la fantasía ayudaban en muy poco a la mentalidad de sus discípulos ¿no nos ha venido después con que lo fantástico de la religión, lejos de extraviar al niño le es más bien beneficioso?. Y William Boyd, para quien los programas escolares deben plantearse siempre en “términos de universo” ¿no nos ha dicho en la Quinta Conferencia de Etimore, que ese Universo dentro del cual puede el niño realizarse supone “vivir en la cooperación como miembro del reino de Dios en vivir para realidades invisibles”?
“Sería un crimen contra el sagrado misterio del alma infantil, se dice, llevar hasta ella nuestra preocupaciones y nuestros odios”.
Y mientras hasta en el más escondido rincón de la sociedad capitalista todo está construido y calculado para servir a los intereses de la burguesía, el pedagogo pequeño burgués cree que pone a salvo el alma de los niños porque en las horas que pasa por la escuela se esfuerza en ocultarle ese mundo tras de una espesa cortina de humo. ¿No están sin embargo, los intereses de la burguesía en los textos que el niño estudia, en la moral que se le inculca, en la historia que se le enseña?.
La llamada “neutralidad escolar” sólo tiene por objeto substraer al niño de la verdadera realidad social; la realidad de las luchas de clase y de la explotación capitalista; capciosa “neutralidad escolar” que durante mucho tiempo sirvió a la burguesía para disimular mejor sus fundamentos y defender así sus intereses. Para un niño que asiste a cualquiera de las escuelas de la época de Ponce en Argentina, se pregunta el autor, ¿Cuál es, por ejemplo, la causa de la desocupación?
“Al salir de la escuela, el niño obrero o campesino ignora que existen las clases sociales y que él pertenece a una de ellas. Si lo llega a saber es porque lo ha aprendido solo con no poca pena. Se le ha presentado tan habitualmente el panorama del mundo y las conexiones de los intereses que lo poco que él sabe lo lleva a creer en su solidaridad con una clase de la cual está excluido”.
Si reúne las mil “explicaciones” que ha recibido a través de las fábulas, “lecturas libres” conversaciones de moral, etc, llegará a estas conclusiones. No tienen trabajo;
1-Los obreros que no quieren trabajar.
2-Los malos obreros.
3-Los que no conocen bien su oficio.
4-Los que están siempre descontentos con el patrón.
5-Los que se dan al alcoholismo.
Cada lección de literatura, o de derecho, de sociología o de economía ¿no concurre a demostrar con insistencia infatigable que es necesario, absolutamente necesario que subsista y se afiance la sociedad capitalista?
Las horas que el niño pasa en la escuela sólo significan además, un momento de su vida, y sería ridículo creer que ni en el mejor de los casos podrían contrarrestar la enseñanza infinitamente más tenaz y organizada de la calle, del hogar, del cine, de la radio, del teatro, de la prensa.
Al plantear el problema de por qué los movimientos obreros cuando no están nítidamente conducidos se impregnan con la ideología de la burguesía. Lenin contestaba: “Por la sencilla razón de que la ideología burguesa, por su origen, es mucho más antigua que la proletaria, porque está estructurada por múltiples costados, porque dispone de medios de difusión incomparablemente más numerosos”.
Lo que Lenin decía del movimiento obrero se puede superponer p unto por punto al movimiento pedagógico. Respetar la libertad del niño dentro de la sociedad burguesa, equivale ni más ni menos que a decir; renuncio a oponer la más mínima resistencia a las influencias sociales formidables y difusas con que ola burguesía los impregna en su provecho. Y no se venga después con que es posible luchar contra esas fuerzas quitando a los chicos los juguetes guerreros, corrigiendo este o aquel libro de historia, enviando cartitas amistosas a los niños del Japón o celebrando el día de la “buena voluntad”.
Cuenta Frolich en sus “Recuerdos” que Pestalozzi se opuso durante muchos años a que su propio hijo ingresara en una escuela porque “la naturaleza”, decía, es la que todo lo sabe. Un día con gran asombro suyo se encontró con que el chico sabía leer y escribir. Aunque su candor llegaba a los fantástico, no se atrevió a acatar el milagro. Cuando pudo averiguar, descubrió que a escondidas suyas su propia esposa le había enseñado a leer. No de otro modo la burguesía gusta comportarse también con los maestros; mientras éstos creen que reciben en sus manos el alma “virgen” de los niños, “la burguesía” ya ha enseñado a “escondidas” a esos mismos niños, lo que ella quiere que sientan y que crean.
A la burguesía le conviene fomentar en los maestros la ilusión desdichada de que son apóstoles o misioneros a quienes entrega sin condición la enseñanza de sus hijos. “Todo educador puede considerarse como sacerdote” escribeJorge Kerscensteiner y luego de analizar sus rasgos psicológicos más típicos, añade que es “la candorosa infantilidad” la virtud fundamental del educador. El verdadero educador, continua después, debe tener además, “una fe viva en lo divino de los principios fundamentales de la conciencia” .
“El sol, de su fe en los valores eternos no le permite nunca desalentarse, sino esperar siempre ¡Que sentimiento aparte del religioso, podrá ser más conveniente que éste para el educador que tantos contratiempos tiene que arrostrar!”.
“Conducir al hombre, como portador consciente de los valores eternos, a un sentido de la vida equivale a erigirse en instrumento del Eterno para la realización de dichos valores”.
Un “apóstol” sufrido y “candoroso” que soporte tranquilo la miseria y el hambre, porque cuanto más hambre y miseria más diáfano será el apóstol, he ahí un ideal que la burguesía tiene particular interés en difundir. En directo contacto con las masas populares sería peligroso que el maestro llegara a comprender que también es un obrero como los otros, y como los otros explotados y humillado. ¡Que procedimiento más refinado, en cambio, convertir su propia miserable situación en la virtud más excelsa de este venerable “instrumento del eterno”.
¡Pero que no se le ocurra al instrumento venerable del Eterno pronunciar la más mínima palabra que contraríe los intereses de los amos. La reacción más brutal caerá de inmediato sobre su cabeza, y si el “candor” que es su virtud no ha hecho de él irremediablemente un pobre diablo, comprenderá enseguida todo lo que había de falso y miserable en las adulaciones intencionadas de que había sido objeto.
En una comedia titulada Las Báquides, Plauto representa a un joven libertino que quiere arrastrar a su maestro a casa de una de sus amantes. El maestro resiste y moraliza, pero cuando ha terminado de hablar, el discípulo se contenta con decirle: “?Quien es aquí el esclavo, yo o tú”? y el maestro que nada tiene que objetar, acompaña a su alumno murmurando. Crudas palabras de una rudeza sangrienta pero que ni los maestros más insignes han dejado de sufrir; desde Aristóteles que se las escuchó a Alejandro y desde Fenelón que se las oyó al duque de Borgoña hasta los maestros de nuestros días frente a sus ministros respectivos. Ochenta años después de que el ministro prusiano von Raurer afirmara que la “preparación del magisterio no debía sobrepasar esencialmente el saber popular”, un ministro socialista belga, Jules Destree, en un llamamiento fechado en febrero de 1920, aseguraba que el interés de la escuela limita en los maestros el ejercicio de los derechos políticos.
Y como si este texto no fuera suficientemente claro, el ministerio liberal Vauthier, con fecha 7 de febrero de 1928, no sólo recordaba y aprobaba las anteriores palabras de su colega socialista sino que agregaba esta párrafo de lógica no muy impecable pero de intención transparente; “La sociedad moderna no conoce el delito de opinión y se atentaría contra la conciencia humana negando a los funcionarios el derecho de adherirse en su fuero interno o de expresar en la vida privada su adhesión intelectual a concepciones sociales o a formas políticas que nosotros mismos rechazamos. Pero el maestro que públicamente, por la palabra o por la prensa, proclame sus simpatías por doctrinas que sean la negación y la antitesis del orden moral y social que hemos adoptado, ese no podrá ser el mismo tiempo propagandista de sus convicciones y servidor del estado; ese tendrá que elegir”. ¡Adiós el sacerdote y el apóstol con su candor casi infantil!
Si el instrumento del Eterno no se conduce, dentro de la escuela, y fuera de ella, exactamente como la burguesía quiere a ciencia cierta lo que tiene que elegir.
Así hemos dado fin a esta obra de Aníbal Ponce la cual reproduciremos en un solo material próximamente.
Siguiendo la clase social que detenta los poderes de cada Estado se ve como a la sujeción económica se agrega la sujeción mental del pueblo. Ponce analiza aquí el pasado para profundizar en el no con la mera curiosidad de un erudito, sino para sacar a luz todas sus lacras y llegar a la conclusión de que pueden ser eliminadas. Basta para ello el viraje histórico que ponga a la clase de los trabajadores en el Poder, el establecimiento de la sociedad socialista.
Siempre viene a decir Ponce en esta obra, la educación ha sido practicada con carácter de clase cualquiera que fuese el manto que la cubriese. En Roma como en la Edad Media estaba destinada a los privilegiados, no al pueblo. Luego cuando e. desarrollo del capitalismo necesitaba elevar la preparación del proletariado afín de rendir un trabajo más calificado, se ampliaron los cauces educacionales pero cuidando mucho de que sirvieran no a los propios intereses de la clase obrera, sino al de los capitalistas.

lunes, 17 de agosto de 2015

La bancada de la UP continúa trabajando




1. La Unidad Popular en contra del envío de tropas uruguayas a las mal
    llamadas
 Misiones de Paz.
    Días pasados el diputado Eduardo Rubio, de visita en Haití, dejó bien en claro
    que este sector político no apoya el envío de tropas por pedido de las Naciones
    Unidas, sabiendo que quien termina imponiendo esta decisión es el gobierno de
    los Estados Unidos, para que sean los países del "patio trasero" los que lleven
    adelante la tarea sucia.
    Aclaramos que es el único representante de las fuerzas políticas uruguayas en
    el parlamento que tiene esta postura y que en los próximos días tendrá 15 minutos
    en la Cámara de Diputados para fundamentar dicha decisión. 
2. La Unidad Popular continúa en crecimiento. 
    Es impensado para la gran mayoría de las fuerzas políticas que, posterior al ciclo
    electoral finalizado en mayo con las elecciones departamentales, exista un sector 
    como el de la Unidad Popular que no solo demuestra su crecimiento apoyando 
    sus proyectos de ley sino que abre locales partidarios.
    Esto sucedió en dos localidades de Maldonado: San Carlos y la propia capital
    departamental, demostrando la necesidad de participación y organización de los
    militantes y simpatizantes. 
3. Los que menos tienen son los más perjudicados.
    Es sabido que en las costas del Río de la Plata y parte del océano Atlántico los
    pescadores artesanales tienen grandes dificultades para cubrir su propia subsistencia
    y llegar con sus productos al grueso de la población con precios accesibles.
    Es por eso que la Unidad Popular defiende y protege esta actividad, avasallada por 
    grandes empresas en su mayoría extranjeras que con sus formas de captura depredan
    la riqueza ictícola de nuestra plataforma continental. 
    A todo esto se le suma la construccion, que actualmente se encuentra suspendida, de  
    la regasificadora en la zona aledaña a la bahía de Montevideo, que impide por ley la 
    pesca artesanal en ese área, la que ocupa una parte importante de mano de obra.





LA ECONOMÍA URUGUAYA HACE AGUA



LA ECONOMÍA URUGUAYA HACE AGUA
Empresas industriales que cierran, inflación en alza, salarios deprimidos,
trabajadores de la construcción por miles en seguro de paro, apertura total de
la economía en productos básicos, aumentos de los combustibles, carne,etc. 
Los servicios (agua, electricidad, teléfono, internet, boleto de ómnibus), los
más altos de Latinoamérica.
Todo esto y mucho más viene sucediendo por lo menos desde hace una
década en Uruguay, pero últimamente acrecentado con la paradoja de que
quienes ejercen el poder son gobiernos frenteamplistas. No se quiere decir
que en los gobiernos anteriores a los del Frente Amplio (FA) no sucediera
gran parte de lo relatado, pero lo que no puede creer el grueso de la población
-aunque esto está empezando a cambiar-, es que suceda en un gobierno
integrado por comunistas, socialistas y tupamaros.
Para lograr un cambio de 180 grados es que la Unidad Popular se lanzó al
ruedo electoral presentando, a través de su único diputado Eduardo Rubio, una
batería de proyectos de ley que en su gran mayoría apelan a contrarrestar los
graves inconvenientes que sufre la clase trabajadora:
Construcción de viviendas populares
Desarrollo estatal del ferrocarril de pasajeros en el área metropolitana
Dragado de puertos y canales con material y trabajadores uruguayos
Y continúan en plena elaboración otros proyectos que serán presentados a la
brevedad.
Creemos que es de suma importancia el conocimiento de estos proyectos por
parte de toda la población para demostrar, si aún fuera necesario, la importancia
de tener aunque más no sea un representante de la izquierda consecuente en el
parlamento uruguayo.
Nosotros Mismos (Movimiento 26 de Marzo de Uruguay en Argentina)

sábado, 15 de agosto de 2015

TEXTO COMPLETO DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y PROYECTO PARA LA ANULACIÓN DE LA LEY DE CADUCIDAD


Anular la ley de Impunidad es cumplir con el mandato de“expedir leyes relativas al decoro de la República” ya que es generalmente reconocido que la ley de Caducidad es una vergüenza nacional.

Montevideo, 1 de Junio 2015.
Sr. Presidente de la Cámara de Representantes
Alejandro Sánchez
Presente:
Exposición de Motivos
Proyecto de Ley:  Promoción de las investigaciones por la Verdad y la Justicia.
Anulación de la Ley N° 15.848 de la Caducidad de la Pretensión Punitiva de Estado.
Consideraciones preliminares:
unidad popular; asamblea popular; impunidad; caducidad; eduardo rubio; parlamento
Diputado Rubio junto a miembros del Coordinador de la UP
El presente proyecto de ley, busca colaborar con las aspiraciones y demandas más sentidas de quienes buscan la verdad y la justicia sobre los delitos cometidos durante la etapa represiva desde la aplicación de medidas prontas de seguridad en el año 1968 hasta 1973 y sobre los crímenes de la Dictadura Militar Fascista de 1973 hasta 1985. A pesar de los años, sin claudicar buscamos contribuir con el acceso a la justicia y con la memoria de los mártires de nuestro pueblo.
Con este proyecto, no implementamos ninguna medida original, ni elaboración doctrinaria innovadora. Nos basamos en la redacción del texto de reforma constitucional del 2009 y en la ley N° 18.831 de 27 de octubre del 2011. Tomamos los aportes argumentales del Compañero Dr. Helios Sarthou, quien defendía férreamente desde su “Agenda Parlamentaria” (audición radial dominical en CX 36 “Radio Centenario”) la posibilidad de que el Poder Legislativo pudiese anular una ley por él mismo sancionada.
El pueblo uruguayo sufrió dos duros reveses, el primero en 1989 con el referéndum de la ley 15.848 que no prosperó, en un contexto de amenazas y de temor en el seno del pueblo al retorno a la Dictadura y una restauración fascista. Los responsables de las atrocidades cometidas todavía tenían el monopolio de las armas, la inmensa mayoría de los mandos militares que estaban en funciones fueron quienes dieron las órdenes o las ejecutaron, para que se perpetuaran los crímenes de lesa humanidad. Detentaban el poder militar a la salida de una dictadura terrorista que duró casi 12 años.
En esas circunstancias es comprensible que la mayoría de la población definiera su voto por el miedo a que se pudiera producir un nuevo golpe de estado. El segundo fue con el plebiscito anulatorio del 2009 que también quedó por el camino. Sobre esto último queremos decir que no es cierto que el soberano se haya pronunciado categóricamente y para siempre como se dijo en su momento.
En 2009, hubo un plebiscito por iniciativa popular para anular la ley de Caducidad, donde sólo los ciudadanos que pretendíamos dicha anulación, nos manifestamos por “SÍ”. Cuando este tipo de instancia de gobierno directo no alcanza la mayoría prevista en el artículo 331 literal B inciso 2 de la Constitución, lo que ocurre es que no se sanciona la reforma constitucional. En buen romance: no se aprueba una norma constitucional nueva. Esto no es ningún impedimento jurídico para tentar la anulación de la ley N° 15.848 por el mismo o cualquier otro medio.
Anular una ley mediante otra, es absolutamente posible:
Para que ello ocurra es necesario que la misma ley así lo establezca a texto expreso. Un ejemplo es el art. 52 de la Ley de Defensa del Consumidor (Nº 17.250 de 11 de agosto del 2000) que se transcribe:
Articulo 52.- Declárase que las normas relativas a las relaciones de consumo publicadas en el Diario Oficial Nº 25.368, de fecha 30 de setiembre de 1999 y titulada como “Ley Nº 17.189”, carece de toda validez jurídica y debe reputarse inexistente.
Un segundo ejemplo -esta vez por su contenido- es el artículo 2 de la Ley N° 15.738, que anula las leyes de la Dictadura que no fueron convalidadas por el artículo 1°. Según la exposición de motivos de esa ley, la nulidad de los actos legislativos del Consejo de Estado que declara el artículo 2° radica en el “evidente espíritu represivo, contrarios a los principios democráticos republicanos, o con el propósito de crear privilegios o beneficios exorbitantes para ciertas categorías de funcionarios representativos del régimen fenecido y de sus colaboradores, en clara violación del principio constitucional de la igualdad…”.
El artículo 2° de la ley N° 15.738, se maneja un concepto de “ley” desde el punto de vista sustancial: como norma general y abstracta y no desde un punto de vista orgánico – formal, es decir como norma aprobada por el Poder Legislativo.
La carencia de validez es sinónimo de nulidad. Lo de reputarse inexistente es consecuencia lógica de la nulidad de cualquier acto jurídico (una ley, un contrato, etc.).
En definitiva nulidad es lo mismo que decir invalidez y la consecuencia es la inexistencia de lo anulado.
Si una ley es anulada y por lo tanto se reputa inexistente, entonces los efectos de la nulidad o la anulación se retrotraen necesariamente al pasado. ¿Hasta cuándo?, por lo menos hasta que entró en  vigor, es decir a los diez días posteriores a su publicación en el Diario Oficial o hasta la fecha indicada en el propio cuerpo de la ley.
El artículo 85 Nº3 de la Constitución establece:
Art. 85 A la Asamblea General (léase Poder Legislativo) compete:
3. Expedir leyes relativas a la independencia, seguridad, tranquilidad, y decoro de la República; protección de todos los derechos individuales y fomento de la ilustración, agricultura, industria, comercio interior y exterior.
Este artículo establece la principal tarea del Parlamento: legislar.
Desde el punto de vista formal creemos que se puede anular una ley mediante otra ley si cumple con todos los rituales previstos en la sección VII de la Constitución.
Desde el punto de vista sustancial (contenido) es posible anularla por las siguientes razones:
Anular la ley de Impunidad es cumplir con el mandato de “expedir leyes relativas al decoro de la República” ya que es generalmente reconocido que la ley de Caducidad es una vergüenza nacional.
Además la ley en cuestión vulnera los derechos individuales, en particular el acceso a la justicia, ya que si el Poder Ejecutivo incluye un caso en el artículo 1º de la ley, el Juez debe clausurar y archivar el juicio sin siquiera haber investigado nada, lo cual es una denegación de justicia.
Que no esté explícitamente prevista la anulación de las leyes en la Constitución no es impedimento.
En este caso concreto, se trata de una anulación de un acto dictado por el mismo organismo que la creó: el Poder Legislativo en uso dentro de sus atribuciones de la soberanía nacional prevista en la Constitución.
Sanción de la Ley N° 18.831 del 2011:
La diferencia fundamental entre la derogación y la anulación radica en los efectos: la derogación tiene efectos hacia el futuro, es decir que la nueva ley no se aplica a los casos anteriores a su vigencia. La anulación trae como consecuencia el efecto retroactivo hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley anulada.
Para que una ley sea anulada, la nueva ley debe establecer expresamente la nulidad de la ley atacada. Esa diferencia estaba muy clara en el movimiento popular, de ahí el rechazo a cualquier proyecto que implique la derogación.
La ley N° 18.381 de 27 de octubre del 2011 restablece la pretensión punitiva del Estado a los delitos cometidos por la Dictadura, aplicándose entonces a los delitos sobre los cuales no hay pronunciamiento, pues en aquellos incluidos en la Ley N° 15.848 por el Poder Ejecutivo ya hay resolución judicial de clausura. Por lo tanto, lo que hay es una derogación tácita, no se utilizó la expresión de estilo “derógase” empleándose una forma indirecta.
Para no comprometer posibles situaciones jurídicas amparadas en esa Ley, no atacamos su vigencia, sino que transformamos la derogación en una verdadera anulación, para barrer con todos los efectos de la Ley de Impunidad como si ésta nunca hubiese existido; tal como corresponde con las demandas populares. Hay pasajes de este proyecto que muchos considerarán sobreabundante junto a la Ley N° 18.831, pero es un precio que aceptamos para no perjudicar a personas con situaciones jurídicas individuales.
Anulación de la ley N° 15.848:
Esta ley debe ser anulada porque su contenido vulnera el derecho al acceso a la justicia, el derecho a la igualdad, el derecho al debido proceso legal, la separación y la independencia de los Poderes y en particular el Poder Judicial y violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
El artículo 25 del Pacto de San José de Costa Rica reconoce que “Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales”.
A) El derecho al acceso a la justicia:
Si hacemos esta lectura desde la igualdad procesal, nadie puede ser penado ni absuelto, ni declarado, ni sobreseído, etc. La Ley N° 15.848 coarta todas estas garantías privando la posibilidad del proceso, supeditado a la voluntad política del Poder Ejecutivo. El proceso se redujo en muchas ocasiones a la denuncia (“notitia criminis”), derivación de los antecedentes al Poder Ejecutivo y si entendía que el caso está incluído (art. 3), vuelven los antecedentes al Poder Judicial con la orden legal de clausurar el proceso. Ello dista mucho de ser un verdadero proceso.
B) El principio de igualdad frente a la cesión de la Pretensión Punitiva del Estado
Sin hacer una enumeración exhaustiva, la pretensión punitiva del estado cede o se debilita ante instituciones  jurídicas establecidas expresamente en la Constitución como amnistías e indultos, en la Ley Penal como la prescripción, las causas de impunidad, las circunstancias atenuantes, etc y la Ley Procesal Penal como la caducidad de la instancia del ofendido. Los institutos creados por ley, tienen un fundamento constitucional, desde el principio de libertad del artículo 10 de la Carta, hasta el principio de debido proceso legal (y penal) del artículo 12. Estos mecanismos que enervan la Pretensión Punitiva del Estado son prestablecidos; no se tomó en cuenta un delito concreto a la hora de consagrar y regular estos institutos.
En la ley N° 15.848 se creó un mecanismo de caducidad en base a la “lógica de los hechos”, pero sin fundamento constitucional. De esa forma se creó un beneficio en favor de los autores de dichos delitos dejando en manos del Poder Ejecutivo la posibilidad de establecer la inmunidad judicial para el caso concreto y por tanto la impunidad.
El artículo 24 del Pacto de San José de Costa Rica establece que “Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley”.
El artículo 8 de la Constitución de la República dice: “Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.
C) El derecho al proceso y al Debido Proceso Legal:
El artículo 12 de la Constitución de la República ordena que “Nadie puede ser penado ni confinado sin forma de proceso y sentencia legal”.
El debido proceso legal es la garantía en todo tipo de proceso (civil, penal, contencioso administrativo, laboral, etc) y para todas las partes. Si bien en el proceso penal actual (Código del Proceso Penal de 1981) las víctimas (o sus familiares denunciantes) no son partes, pues su lugar lo ocupa el Ministerio Público; debe entenderse que a nadie puede privarse de una solución jurídica sin la debida tramitación y prosecución de todas las etapas del proceso jurisdiccional. Son imprescindibles las garantías de proposición, diligenciamiento de prueba, alegación e impugnación; en un proceso dirigido por un tercero imparcial que culmine con una resolución sobre el fondo del asunto.
D) La Separación de Poderes y la situación del Poder Judicial.
La ley de impunidad viola la separación de poderes, supeditando jurídicamente el accionar de la Justicia a la discrecionalidad del poder político de turno. De esa forma también se viola la independencia entre los poderes.
Porque la ley viola el principio de igualdad, dándole privilegios a una determinada clase de delincuentes por el hecho de haber pertenecido o sido funcionales al poder político fascista de la dictadura. El Estado tiene un derecho y un deber de castigar los delitos (pretensión punitiva) que no caduca por el transcurso del tiempo (en todo caso prescribe según establece el Derecho Penal), sino que cede ante las circunstancias ya descritas.
E) El Derecho Internacional de los Derechos Humanos:
Las normas internacionales sobre Derechos Humanos tienen la particularidad de pertenecer al elenco de las normas imperativas de Derecho Internacional (también denominadas “Jus Cogens”) que recogen los valores de la sociedad internacional actual en base al consenso sobre muchos aspectos de la vida en comunidad. Uno de ellos son los Derechos Humanos. Este tipo de normas, se pueden hacer valer por cualquier sujeto, incluso frente a un Estado que no haya ratificado la norma internacional de origen convencional.
En nuestro Derecho Positivo, no hay una previsión expresa sobre la situación de los Tratados Internacionales. Sin embargo en materia de Derechos Humanos, el art. 72 de la Constitución amplía la enumeración de derechos, deberes y garantías “inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. Este artículo permite que las normas internacionales sobre derechos humanos tengan carácter constitucional, independientemente se el Estado las haya rectificado o no. Al auxilio y en complemento de ello, el artículo 332 permite la aplicación de las normas constitucionales  aún a falta de “reglamentación” legal sería la Ley (por ejemplo la ley que aprueba un tratado y que faculta al Poder Ejecutivo a proceder a la ratificación).
La Convención sobre Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de 1968, consagra la imprescriptibilidad de los asesinatos, las persecuciones por motivos políticos contra la población civil. Esta Convención a su vez se remite a la enumeración del estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg de 1946 frente a los crímenes del fascismo alemán o Nazismo en la II Guerra Mundial. A su vez este estatuto se remite a la declaración de Moscú de 1943 sobre la necesidad de enjuiciamiento según la ley, de los criminales de las potencias del eje fascista.
En nuestro país, esa Convención, anterior a los crímenes de la Dictadura es totalmente aplicable por las razones constitucionales antes mencionadas. Luego fue ratificada por la ley N° 17.347 de 13 de junio de 2001.
Muchos otros instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, reafirman la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad.
Sobre la imprescriptibilidad y las fechas y delitos alcanzados:
La Ley N° 18.596 de 19 de setiembre del 2009, en su artículo 2° reconoce la responsabilidad del Estado en la “realización de prácticas sistemáticas de tortura, desaparición forzada y prisión sin intervención del Poder Judicial, homicidios, aniquilación de personas en su integridad psicofísica, exilio político o destierro de la vida social, en el período comprendido desde el 13 de junio de 1968 hasta el 26 de junio de 1973, marcado por la aplicación sistemática de las Medidas Prontas de Seguridad e inspirado en el marco ideológico de la Doctrina de la Seguridad Nacional”.
Por esta razón, cabe incluirlos en la imprescriptibilidad consagrada en los tratados internacionales y ratificada en esta ley.
Mismo razonamiento cabe en los crímenes de la Dictadura entre 1973 y 1985, respecto a la imprescriptibilidad.
El método elegido y la estructura de la ley
En el primer artículo se adopta el mecanismo de la sustitución del art. 1 de la ley N° 18.831 para mantener la vigencia de dicha ley y no afectar las causas fundadas en ella (así sea en todo o en parte). La nueva disposición sustituye la derogación por la anulación de la ley N° 15.848 de 22 de diciembre de 1986. Así se busca promover las investigaciones de los casos incluidos en la ley que se anula en aplicación de su artículo 3°. Esta circunstancia no afecta a las causas fundadas en la Ley N° 18.831, sino que amplía los efectos hacia el pasado como lógica consecuencia de una anulación.
El segundo tercer artículos expresan la principal consecuencia de la anulación: la inexistencia de los actos administrativos del Poder Ejecutivo en aplicación del art. 4° de la ley que se anula. Se da una orden expresa al Poder Judicial (regido por el principio de legalidad) de continuar de oficio las causas archivadas por aplicación de la ley que pretendemos su nulidad. También se inhabilita la excepción de cosa juzgada. Sobre este punto, igualmente sostenemos que no es posible hablar en puridad de cosa juzgada cuando no hay un pronunciamiento sobre el fondo de ningún tribunal, sino un acatamiento de la orden que da el Poder Ejecutivo de archivar el caso prevista en el artículo 3, inciso segundo de la ley N° 15.848.
El artículo cuarto, reafirma la imprescriptibilidad de los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de estado entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973 y de los crímenes de la Dictadura Militar Fascista entre el 27 de junio de 1973 y el 1° de marzo de 1985. Esos delitos son crímenes de lesa humanidad según establece la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y demás tratados internacionales.
Por lo tanto y en consecuencia, el artículo quinto establece la imposibilidad de computar plazo
alguno tanto procesal como penal, para obtener alguna declaración de prescripción o caducidad en los tramos que se mencionan en ese artículo.
Eduardo Rubio
Representante Nacional
Proyecto de Ley
Promoción de las investigaciones por la Verdad y la Justicia
Anulación de la Ley N° 15.848 de la Caducidad de la Pretensión Punitiva de Estado
Art. 1 – Sustitúyase el artículo 1° de la Ley N° 18.831 de 27 de octubre del 2011 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Anúlense y declárense inexistentes los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley No. 15.848, sobre la caducidad de la pretensión punitiva del Estado de 22 de diciembre de 1986”.
Art. 2 – Se tendrán por no pronunciadas las resoluciones del Poder Ejecutivo que hayan incluído casos en la caducidad en aplicación de la ley 15.848 de 22 de diciembre de 1986.
Art. 3 – El Poder Judicial continuará de oficio la tramitación de las causas que hayan sido alcanzadas por las disposiciones anuladas como si éstas nunca hubieran existido, no pudiendo invocarse la cosa juzgada en dichas causas hasta el dictado de nueva sentencia.
Art. 4 – Declárase que, los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 1° de marzo de 1985, son crímenes de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles de conformidad con la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de 26 de noviembre de 1968 y demás tratados internacionales de Derechos Humanos.
Art. 5 – No se computará plazo alguno, ni procesal, ni de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos cometidos entre el 27 de junio de 1973 y el 1° de marzo de 1985.
Tampoco se computarán plazos procesales, ni de prescripción ni caducidad, en el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y la vigencia de esta ley.
Art. 6 – Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.
Art. 7 – Comuníquese, etc.
Eduardo Rubio
Representante Nacional