viernes, 31 de julio de 2015

Entrevista a Eduardo Rubio en Radio Paysandú



El diputado Eduardo Rubio del 26 de Marzo- Unidad Popular fue entrevistado en Radio Paysandú CW35, donde se refirió entre otros temas a la educación, la investigadora por Ancap y a su reciente viaje a Haití.
El diputado se encuentra de recorrida por el departamento sanducero donde participó en una asamblea de trabajadores tercerizados del hospital escuela de Paysandú y en una asamblea abierta en el sindicato de los trabajadores de Azucarlito donde se presentó el proyecto de ley del Plan Nacional de vivienda popular, entre otras actividades
A continuación vuelva a escuchar el audio del completo de la entrevista realizada esta mañana en Radio Paysandú. Viernes 31 de julio
                                                                                       

jueves, 23 de julio de 2015

TEXTO PROYECTO Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública



Montevideo, 21 de Julio del 2015.

Sr. Presidente de la Cámara de Representantes
Alejandro Sánchez
PRESENTE:

Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública
Capítulo I
Principios del acceso a la Vivienda

Artículo 1- Toda persona y toda familia tienen derecho a la vivienda adecuada. Es deber del Estado generar las condiciones que permitan el cumplimiento efectivo de ese derecho.
A los efectos de la presente ley, se entenderá por familia al conjunto de personas que ha de convivir establemente bajo un mismo techo, esté o no vinculado por razones de parentesco.

Artículo 2-Declárese de interés nacional, el establecimiento de políticas públicas de vivienda, el financiamiento con un presupuesto justo y los subsidios a los planes y proyectos de acceso a la vivienda por ayuda mutua con autoconstrucción; el desarrollo de los mismo con celeridad y el fomento de la creación de cooperativas de vivienda.
Declárese de interés nacional la implementación del Plan Nacional de Vivienda Popular, sin perjuicio de otros planes de desarrollo económico y social, tendiente a atender las necesidades de vivienda en todo el país.

Artículo 3-Será cometido de la Agencia Nacional de Vivienda ejecutar la construcción de viviendas como servicio social y asegurar que los recursos asignados a este fin alcancen para la satisfacción de las necesidades y para alcanzar los objetivos señalados en esta ley.

Artículo 4- El Estado y todos losorganismos de derecho público que financien, promuevan, construyan, reglamenten o asistan en cualquier forma a la construcción de viviendas, ajustarán su acción a los principios y declaraciones establecidos en los artículos precedentes.

Capítulo II
Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública
Sección I
Financiamiento

Artículo 5- El presupuesto para la ejecución del Plan Nacional de Vivienda Popular será el equivalente al 1% del Producto Bruto Interno tomándose como referencia el ejercicio anterior.
En caso de variación del Producto Bruto Interno, el presupuesto en números absolutos no podrá ser menor al del ejercicio anterior.

Artículo 6-Créase el Fondo Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública, como patrimonio de afectación que se nutrirá con el aporte anual de Rentas Generales necesarios para alcanzar el equivalente mínimo indicado en el primer inciso.
Dicho fondo será administrado por la Agencia Nacional de Vivienda y será destinado únicamente para los fines del Plan Nacional de Vivienda Popular establecidos en esta ley.

Sección II
Construcción

Artículo 7-Las viviendas se construirán por la Agencia Nacional de Vivienda quien podrá licitar la construcción por empresas, que deberán emplear mano de obra y materiales preferentemente nacionales y dentro de las mismas preferentemente locales.
Asimismo tendrán prioridad en las licitaciones las cooperativas de trabajoconformadas por obreros de la construcción.

Artículo 8-La Agencia Nacional de Vivienda será la responsable de instrumentar los llamados y asignaciones de licitación de las empresas para la construcción.

Artículo 9- El Estadosuministrará los materiales básicos almenor costo posible y se encargará de realizar las importaciones de los materiales necesarios fijando el precio en el mercado nacional.
Exonérese de tributos toda adquisición, transporte y depósito de materiales de construcción con destino a ser empleados en el Plan Nacional de Vivienda Popular.
Todos los trámites realizados en ocasión del Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública estarán exonerados de tributos.

Artículo 10-La Agencia Nacional de Vivienda junto a los organismos correspondientes realizará el seguimiento y control de las obras.
De no cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley, la Agencia Nacional de Vivienda podrá revocar el acuerdo establecido. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas y penales si correspondieran.

Artículo 11- Declárense de utilidad pública de acuerdo con los artículos 32; 231; 232 y 275 de la Constitución de la República las expropiaciones de inmuebles para la ejecución del Plan Nacional de Vivienda Popular.

Artículo 12- Se construirá en tierras improductivas e inutilizadas de cualquier organismo público que sean aptas para el desarrollo del Plan.

Artículo 13- La expropiación de tierras privadas se hará en el siguiente orden de preferencia:
A) Tierras improductivas e inutilizadas de personas jurídicas privadas.
B) Tierras improductivas e inutilizadas de personas físicas extranjeras.
C) Tierras improductivas e inutilizadas de personas físicas nacionales.
Artículo 14- El Estado realizará todas las obras de agua, saneamiento y servicios públicos necesarios para asegurar el desarrollo pleno de la vida. Asimismo garantizará de ser necesario, otros servicios como el acceso al transporte, a centros educativos y de salud. 

Sección III
Tipo de vivienda

Artículo 15- Todas las viviendas que se construyan bajo el Plan Nacional de Vivienda Popular cumplirán con el mínimo habitacional.

Artículo 16- Defínase como mínimo habitacional el que resulta de cumplir con las siguientes condiciones:
A) La superficie habitable de una vivienda no será inferior en ningún caso a 50m2. Este mínimo será aplicable a las viviendas que tengan un dormitorio. Por cada dormitorio adicional se incrementará el mínimo en 12 m2. En todos los casos se exigirá como mínimo, el número de dormitorios necesario definido en el artículo 15 de esta ley.
B) Toda vivienda tendrá además, como mínimo, un cuarto de baño y el o los ambientes adecuados a las funciones de cocina, comedor y estar diario.
C) Los techos deberán asegurar la impermeabilidad y la aislación térmica mínima que fijará la reglamentación.
D) Los muros exteriores deberán impedir la entrada de humedad, asegurar la aislación térmica mínima que fije la reglamentación, y presentar superficies interiores resistentes, sin fisuras y susceptibles de mantenimiento higiénico.
E) Los pisos deberán ser suficientemente duros para soportar el uso sin desagregarse y admitir el lavado o el lustre.
F) Los dormitorios y ambientes de estar, comedor o cocina, tendrán vanos de iluminación cerrados con materiales transparentes o traslúcidos, adecuados para mantener una iluminación natural suficiente.
G) Todos los ambientes tendrán condiciones de ventilación e iluminación natural o sistemas de ventilación artificial que garanticen las condiciones higiénicas del aire y la eliminación de olores.
H) Toda vivienda dispondrá de agua potable distribuida por cañerías hasta el cuarto de baño y la cocina. El cuarto de baño estará equipado como mínimo, con un lavatorio o pileta para el aseo personal, una ducha o bañera y un inodoro con descarga de agua instalada. La cocina tendrá por lo menos una pileta con canilla. Cuando la vivienda esté ubicada en un centro poblado y exista red pública de agua potable a distancia razonable, la instalación mencionada estará obligatoria y exclusivamente conectada a la red pública. 
I) Toda vivienda dispondrá de un sistema de desagües para la evacuación de las aguas servidas. Cuando la vivienda esté ubicada en un centro poblado y exista red pública de alcantarillado en el frente del predio, la instalación de la vivienda se conectará obligatoriamente a la red. Cuando no se cumplan las condiciones anteriores, se autorizarán otros sistemas. La reglamentación, al establecer las condiciones que deben cumplir esos sistemas, tomará precauciones contra el riesgo de contaminación de aguas que puedan ser usadas para el consumo humano, así como contra cualquier otro riesgo de trasmisión de enfermedades o de creación de condiciones de insalubridad ambiental.
J) Toda vivienda ubicada en un centro poblado, si existe red pública de energía eléctrica a distancia razonable, contará con una instalación de iluminación eléctrica conectada a la red pública y dotada, como mínimo, de una luz por ambiente.
K) La reglamentación podrá determinar las dimensiones mínimas para los distintos tipos de locales.
L) Las especificaciones del presente artículo son mínimos que las reglamentaciones pueden elevar en razón de condiciones locales o del campo de acción de un organismo especial.
Artículo 17- Para calcular el número de dormitorios necesarios se aplicarán los siguientes criterios:
A) Se asignará un dormitorio por cada unión sexual;
B) Al resto de los componentes se les asignará dormitorios yadmitiendo hasta dos personas por dormitorio, cuando éstas sean mayores de seis años y hasta tres cuando tengan como máximo esa edad;
C) La reglamentación establecerá las excepciones a esta norma y en particular la posibilidad para las uniones jóvenes de reclamar una previsión del futuro crecimiento de la familia.

Artículo 18- En los casos de construcción de conjuntos de viviendas, deberán construirse locales de uso múltiples.
La reglamentación establecerá las dimensiones de dichos locales a fin de satisfacer las distintas necesidades existentes.
La construcción de los locales de uso múltiple será costeada únicamente por la Agencia Nacional de Vivienda.

Capítulo III
Beneficiarios

Artículo 19- Serán beneficiarios del plan, las personas o núcleos familiares cuyos ingresos nominales sean iguales o menores a veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones.
No se fijará límite de edad alguno para acceder al plan.
No se tendrán en cuenta los antecedentes crediticios y financieros,incluso los contenidos en bases de datos, de los integrantes del núcleo familiar. Tampoco se exigirá ahorro previo alguno.

Artículo 20- No se computarán como ingresos las prestaciones de seguridad social, ni lasprestaciones de asistencia social del Ministerio de Desarrollo Social ni otras similares a cargo del Estado.Tampoco se computarán las sumas que se perciban por concepto de obligaciones alimentarias.
Exceptúense de la presente disposición a las jubilaciones, las cuales se computarán como ingresos, así como prestaciones de seguridad social mayores a 5 (cinco) Bases de Prestaciones y Contribuciones. 

Artículo 21-Será condición excluyente para ser beneficiario del plan, no ser propietario de otro bien inmueble con destino a vivienda.

Artículo 22- Se priorizarán los núcleos familiares que posean alguna de estas características:
A) Jefatura de hogar monoparental.
B) Integrantes discapacitados a cargo.
C) Niños, niñas y/o adolescentes a cargo.
D) Contar con personas mayores de sesenta años de edad.
E) Contar con personas afectadas por enfermedades raras.
F) Contar con personas afectadas por enfermedades crónicas o con personas pacientes oncológicas.
Artículo 23- Los beneficiarios deberán pagar desde el momento de la ocupación, el equivalente al 10% de los ingresos mensuales del núcleo familiar hasta amortizar el valor de la misma, o por un plazo máximo de 25 años si no se llegara a amortizar.

Capítulo IV
Adquisición y disposición de la vivienda

Artículo 24- Los adjudicatarios de la vivienda tendrán derecho a la propiedad y la posesión en las condiciones que establecen los artículos siguientes.
Artículo 25- La Agencia Nacional de Vivienda deberá escriturar en favor del adjudicatario al terminar la amortización o cumplir con el pago durante 25 años.
Los beneficiarios serán considerados como promitentes compradores desde el momento de la inserción en el plan. Dicha condición podrá transmitirse por modo sucesión.
Sólo estará permitida la ventacon autorización previa de la Agencia Nacional de Vivienda,en los casos de beneficiarios que hayan ocupado la vivienda y pagado las cuotas durante por lo menosdiezaños.
Los nuevos beneficiarios deberán reunir las condiciones establecidas en los artículos 19, 20, 21, 22 y 23 de la presente ley.
Artículo 26- Cuando los ingresos del núcleo familiar disminuyeran al valor de un salario mínimo nacional, podrá pedirse el reajuste de la cuota ante la Agencia Nacional de Vivienda, la cual resolverá atendiendo al caso, pudiendo llegar a la suspensión provisoria del pago de las cuotas o incluso al subsidio de las mismas en casos extremos.
Bajo ningún concepto se afectarán los derechos de los ocupantes.
Artículo 27- Sólo estará permitida la venta de la vivienda con autorización previa de la Agencia Nacional de Vivienda, quien tendrá prioridad para la compra. Si ésta declinara, la Agencia deberá ofrecerla a otro organismo público y en caso de falta de compradores podrá ofrecerse sólo a terceras personas físicas que no fueran beneficiarias del plan, pero que reúnan los requisitos establecidos en la presente ley.
El silencio de la Agencia Nacional de Vivienda así como de los organismos públicos dentro del plazo de cuarenta y cinco días se tendrá por no aceptación de la oferta.
Artículo 28- La inobservancia a lo establecido en los artículos precedentes será sancionada con la pérdida de la calidad de beneficiario.
En el caso de incumplimiento del pago de la cuota, la Agencia Nacional de Vivienda deberá convocar a audiencia a los beneficiarios a fin de ofrecer facilidades, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26 y el inciso precedente.
Artículo 29- Los inmuebles construidos en el Plan Nacional de Vivienda Popular son inembargables.
Artículo 30- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el plazo de 60 días.

Eduardo Rubio
Representante Nacional

HAITI

A propósito de la presencia de nuestro Diputado Eduardo Rubio en Haití, dejamos aquí este material publicado en el año 2008 pero que guarda vigencia aún 7 años después

https://m26demarzo.files.wordpress.com/2014/07/mercenarfios-en-haitc3ad1.pdf
 


martes, 21 de julio de 2015

La vivienda es un derecho

Este martes 21 de julio el equipo parlamentario de la Unidad Popular encabezado por el diputado Eduardo Rubio -que arribó en la víspera a nuestro país tras participar en Puerto Príncipe de una conferencia internacional contra la ocupación militar en Haití- presentará la propuesta para un Plan Nacional de Vivienda Popular, elaborado con la participación de arquitectos, trabajadores de la construcción y sectores sociales. La presentación se realizará en el Pasaje Acuña de Figueroa del Edificio Anexo José Artigas del Poder Legislativo, a las 16 hs.

Los esperamos y aprovechamos esta oportunidad para informarles que hemos abierto la cuenta @BancadaUP en Twitter como otra via de información y contacto con el trabajo cotidiano de nuestros compañeros en el Parlamento.



miércoles, 15 de julio de 2015

DECLARACIÓN DE CIDESOL


DECLARACIÓN DE CIDESOL ANTE LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN DEL TRABAJO DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES ANTE DENUNCIA DEL SINDICATO DE ARTES GRÁFICAS
Lectura en ‘Mañanas de Radio’ de la versión taquigráfica de la declaración de Cidesol ante la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes ante denuncia del Sindicato de Artes Gráficas que compartimos a continuación y que puede volver a escuchar en el siguiente link:
http://www.ivoox.com/lectura-cidesol-17-7-audios-mp3_rf_4934765_1.html



Comisión de Legislación del Trabajo
REPRESENTANTES DE LA EMPRESA CIDESOL S.A. (DIARIO LA JUVENTUD)

Versión taquigráfica de la reunión realizada el día 15 de julio de 2015

Preside: Señor Representante Fernando Amado (Vicepresidente).
Miembros: Señores Representantes Carlos Coitiño, Claudia De Los Santos, Wilson Ezquerra, Benjamín Irazabal y Gerardo Núñez.
Delegado de Sector: Señor Representante Carlos Pérez.
Asiste: Señor Representante Carlos Reutor.

Invitados: Por la empresa CIDESOL S.A. (Diario La Juventud), señores Miguel Beloqui, Director, Camilo Barzi, Silvana Dogrham, Alejandro Jorysz, y doctora Valeria Pérez Rosas, asesora legal.

SEÑOR PRESIDENTE (Fernando Amado).- Habiendo número, está abierta la sesión.
La Comisión de Legislación del Trabajo tiene el honor de recibir a una delegación de Cidesol S.A., (Impresora del diario La Juventud), integrada por su Director, el señor Miguel Beloqui; la asesora legal, doctora Valeria Pérez Rosas; la señora Silvana Dogrham y los señores Camilo Barzi y Alejandro Jorysz.
Esta comisión recibió a una delegación del Sindicato de Artes Gráficas, quienes formularon una serie de denuncias acerca de la situación laboral en ese lugar de trabajo. Hemos remitido a la empresa la versión taquigráfica, a fin de que tuvieran conocimiento de las distintas denuncias planteadas. Cuando alguna delegación plantea denuncias, es de estilo de esta comisión recibir a la contraparte; es la gimnasia habitual que realizamos. Nosotros no dictamos sentencia; simplemente somos un resorte parlamentario que intenta ayudar para generar espacios de diálogos cuando hay problemas y también una caja de resonancia para quienes viven dificultades en el ámbito laboral y encuentran en esta comisión un lugar donde poder plantear sus problemas.
Con gusto, les cedemos la palabra.

SEÑORA PÉREZ ROSAS (Valeria).- Soy abogada de la empresa.
En primer lugar, agradecemos la invitación para poder exponer nuestro punto de vista.
Básicamente, voy a hacer una síntesis de las instancias judiciales en las que hemos intervenido a raíz de este suceso. Sin perjuicio de la narración de los hechos que va a realizar el representante de la empresa aquí presente también vamos a contar con la narración de algunos testigos que participaron en los hechos, me gustaría sintetizar los fundamentos legales y jurídicos que se han manejado en el proceso judicial, así como las instancias ante la Dinatra que, a nuestro entender, fundamentan la decisión que adoptó la empresa con respecto a la señora Loreley Corbo.
Lo primero que queremos destacar es que en este caso no ha existido ningún desacato a un fallo judicial, por la sencilla razón que la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Trabajo no está firme. En efecto, hubo un proceso judicial con dos sentencias contradictorias. La sentencia de primera instancia no hizo lugar a la pretensión de reinstalación y, la de segunda instancia, revocó a la de primera instancia. Por tanto, la empresa, totalmente asistida de derecho, y cumpliendo los requisitos exigidos legalmente, interpuso el recurso de casación el 4 de junio de este año, el que además fue admitido por el Tribunal de Apelaciones la regularidad del recurso en esa primera instancia, que es el control de admisibilidad por el Tribunal de Apelaciones se franqueó y el asunto actualmente se encuentra a estudio de la Suprema Corte de Justicia. Esto es lo primero que nos gustaría aclarar por lo que se ha manifestado por parte de la delegación sindical en el sentido de que no había de nuestra parte un acatamiento de una decisión judicial.
En primer lugar, queremos manifestar que no es correcto lo que maneja la delegación sindical respecto a que es dudosa la admisibilidad del recurso de casación. Para la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia es admisible el recurso de casación en este tipo de procesos. Por lo tanto, no hay nada ilegítimo en el proceder de la empresa que ha articulado sus defensas e interpuesto los correspondientes recursos en un todo de acuerdo a la ley.
En segundo término, queremos rechazar enfáticamente en esta oportunidad, así como lo hemos hecho en la instancia judicial y ante la Dinatra, cualquier imputación respecto a represión o prácticas antisindicales de la empresa. Tal como manifestamos al contestar la demanda que planteó en el proceso judicial la señora Corbo, en donde además proporcionamos abundantes pruebas en tal sentido, el diario La Juventud siempre ha sido respetuoso del ejercicio de la libertad sindical así como de todos los derechos que asisten a los trabajadores, pues es una empresa constituida por trabajadores que lejos de reprimir sus derechos, tiene como finalidad contribuir al logro pleno de los mismos.
En la empresa conviven trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, no existiendo discriminación ni diferencia en el trato propiciado por la empresa a unos y otros. Las acusaciones que se realizaron pues, antes en el proceso judicial y ahora ante esta comisión, son infundadas y expresadas con absoluta vaguedad. Se refieren a agresión verbal, a insultos, incluso a violencia física pero sin especificar concretamente en qué consisten y sin dar el más mínimo detalle de los supuestos sucesos que han acontecido. La empresa siempre ha permitido el ejercicio de la libertad sindical, habiéndose constituido en sindicato en el año 2004, el que sigue existiendo, sin que en este período extenso de más de diez años haya habido algún tipo de denuncia respecto a comportamiento antisindical. Durante este período solo dos trabajadores sindicalizados fueron despedidos durante los años 2013 y 2014 por cuestiones de reestructura o disciplinarias, desvinculaciones que fueron negociadas y acordadas con la intervención, justamente, de Loreley Corbo por el sindicato y la asesora del sindicato, doctora Isabel Cammarano, abonándose en todos los casos lo que por derecho correspondía.
Durante todos estos años han sido múltiples las tareas y actividades sindicales en las que han participado los trabajadores de Cidesol S.A., que fueron coordinadas por su sindicato, paros, acciones y medidas gremiales convocadas por el PIT-CNT, inclusive imprimiéndose muchos de sus afiches y volantes para tales actividades en la empresa Cidesol S.A.
La delegada Loreley Corbo, ha concurrido a las asambleas, incluso, a las correspondientes a la comisión directiva del Sindicato de Artes Gráficas, asistiendo a reuniones regulares todos los lunes y demás actividades relativas a esa función como concurrencias a audiencias en Montevideo y en el interior, donde hizo uso sin ninguna restricción al respecto por parte de la empresa de su licencia sindical de acuerdo a la ley y su reglamentación, siendo además la empresa especialmente flexible a la hora de requerirle una justificación para el uso de dicha licencias. Todo esto que estoy manifestando fue profusamente probado en el proceso judicial donde los testigos de ambas partes corroboraron todos estos extremos.
En ninguna de las declaraciones del expediente que hemos remitido a esta comisión existe alguna alusión de restricciones sindicales, más allá de esas manifestaciones vagas que manifesté.
También rechazamos absolutamente las imputaciones que realiza Loreley Corbo que refieren a la existencia de conductas discriminatorias u hostiles de cualquier tipo respecto a los trabajadores afiliados. Específicamente y respecto al caso concreto de la delegada Loreley Corbo, rechazamos que su despido obedezca a razones sindicales, sino que el mismo obedece al episodio de inconducta severa e inadmisible que será narrado por el señor Miguel Beloqui aquí presente, y por la víctima de esa situación también aquí presente , señor Alejandro Jorysz.
Ese episodio, además, fue reconocido por la propia señora Loreley Corbo ante la Dinatra y esta comisión en la que refiere, justamente, que hubo intercambios de insultos. Más allá de que luego se va a explicar acá, cabe señalar que tanto los insultos como las provocaciones partieron de ella.
Las imputaciones de la señora Loreley Corbo al respecto son vagas en el momento de plantear la demanda y también en su intervención en esta comisión. No especifica ni antes ni ahora concretamente cuáles fueron los hechos constitutivos de persecución sindical. Refiere simplemente, tanto durante el proceso judicial como en esta oportunidad, a la reunión mantenida el 12 de marzo de 2015 con el señor Miguel Beloqui, en la cual supuestamente se habrían planteado una serie de reivindicaciones, pero esta reunión fue simplemente una más de las tantas que han existido y existen en la empresa para pretender encontrar en forma consensuada una solución a la difícil situación financiera que anualmente atraviesa la empresa durante los meses de febrero y marzo que, en ocasiones, trae aparejado algún atraso en el pago de los salarios, sin poseer la misma algún contenido especial ni reivindicación sindical concreta.
Queremos resaltar que tampoco se aclara concretamente por el sindicato ni antes ni durante esta comparecencia cuál fue el supuesto planteo realizado en esa reunión. En esta comisión se refieren a que hubo un planteo pero no se dice cuál fue el que estaba en trámite en esa reunión.
Reiteramos que fue una reunión en la que se trató el pago de los viernes. Queremos resaltar que los atrasos no eran de más de un par de días. Además, debe tenerse en cuenta el beneficio que implica para los trabajadores este pago fraccionado en forma semanal del salario y el esfuerzo que significa para la empresa, sobre todo, en los meses de febrero y marzo de cada año.
Por lo tanto, el despido obedeció a la conducta de la señora Corbo, quien ya venía desplegando un ilegítimo acoso en perjuicio de los trabajadores no sindicalizados mediante insultos y relegándolos, llegando a situaciones extremas en las que se les negó el saludo y el diálogo. Este hecho fue reconocido por la señora en la demanda, donde manifiesta haber optado por evitar todo contacto, desde el saludo al mínimo diálogo; esto también está probado en el expediente judicial. Estas conductas contrarían las más elementales normas de convivencia, buena fe y respeto que deben existir en un ambiente laboral. Se trata de una conducta absolutamente ilícita y reprochable, máxime si tomamos en cuenta su calidad de delegada sindical.
Este comportamiento ilegítimo alcanzó su máxima expresión en el suceso ocurrido con el trabajador Jorysz aquí presente, quien fue víctima de acoso laboral y conducta discriminatoria por parte de Loreley Corbo. Estos hechos fueron reconocidos por ella en la reunión mantenida con el director de la empresa, el señor Beloqui. Al día siguiente del suceso, admitió haberse extralimitado. Ahora, pretende tergiversar los hechos para justificar su inadecuada actitud.
Toda esta situación, que provocó en el trabajador en cuestión severos daños desde el punto de vista físico y moral, fue denunciada por él ante la Inspección General del Trabajo. Actualmente, se encuentra en trámite en dicha Inspección una denuncia de acoso laboral planteada por el trabajador.
Entonces, la decisión de la empresa fue tomada por los motivos aludidos y es avalada por la normativa nacional e internacional. Me refiero, por ejemplo, a los Convenios Internacionales de Trabajo 144, 148 y 161 ratificados por Uruguay y a la Declaración Sociolaboral del Mercosur. Estas normas obligan al empleador a velar por que todos sus trabajadores ejerzan sus actividades en un ambiente de trabajo sano y seguro, que preserve su salud física y mental.
El despido de la trabajadora obedeció a causas vinculadas a sus conductas y encuadra en la hipótesis de causa razonable, prevista por la Ley N° 17.940. Todos sabemos que esta ley no tiene por finalidad que el delegado sindical se ampare en tal calidad para incumplir el contrato de trabajo, otorgándole una inmunidad absoluta. Por el contrario, esta ley es amplia a efectos de permitir la justificación del despido cuando existan razones de conducta del trabajador, con la única limitante de que no sea algo caprichoso. Precisamente, eso fue lo que aconteció en este caso.
Todos estos extremos fueron plenamente acreditados en el proceso laboral.
Además, todos los testigos que declararon en la extensa audiencia celebrada en dicho proceso los propuestos tanto por la actora como por la demandada refieren claramente a que la causa del despido fue el incidente del 16 de marzo ocurrido con el señor Jorysz. Los únicos testigos presenciales son los trabajadores Graciela Santamaría y Camilo Barzi, aquí presente. Ellos declararon con detalle el lamentable episodio de ese día: la agresión de esta señora a otro trabajador y la provocación que ella realizó. La víctima del acoso, el señor Jorysz, narró el incidente en forma coincidente con los testigos presenciales. También declararon extrabajadores una de ellas la señora Silvana Dogrham, aquí presente que en su momento fueron víctimas de situaciones similares, al punto de tener que renunciar debido al acoso ejercido por la señora Corbo.
Por otra parte, en el expediente judicial todos los testigos refieren también a la tolerancia y al aliento de la empresa en el ejercicio de los derechos sindicales, y señalan que en el momento del despido no existía ninguna reivindicación específica en curso.
Queremos destacar que los trabajadores Javier Moreno y Pablo Blanco, quienes comparecieron ante esta comisión, no fueron testigos presenciales del suceso. Si bien en alguna parte de su exposición parecería que fueron testigos presenciales, lo cierto es que no lo fueron.
Por estos motivos, resulta acorde a derecho la sentencia de primera instancia, que relevó adecuadamente la probanza incorporada en esa extensa audiencia donde declararon muchísimos testigos y, sobre todo, la abundante prueba testimonial. Se entendió que existió justa causa para el despido, que no se configuró un despido antisindical y que quedaron probados el mal relacionamiento de la actora con los trabajadores no sindicalizados y las agresiones a un trabajador de la empresa.
Contrariamente, creemos que la sentencia de segunda instancia ha infringido la norma de derecho, razón por la cual interpusimos el recurso de casación, que fue admitido por el tribunal y que está a estudio de la Suprema Corte de Justicia.
La sentencia de segunda instancia expresa en forma errónea que la causal de exoneración invocada por nuestra parte fue la de notoria mala conducta. A partir de allí, realiza un análisis sobre la configuración de la causal, que entiende no justificada. Ahora bien, aun entendiendo nuestra parte la gravedad de la conducta que ameritaría el calificativo de notoriamente mala, no fue esa la causa esgrimida por la empresa. En el proceso judicial alegó la existencia de causa razonable vinculada a la conducta de la trabajadora, tal como expresa el artículo 2º de la Ley N° 17.940, que establece que el despido debe guardar razonabilidad con el hecho acaecido y que no debe tener un móvil sindical.
Además, la sentencia de segunda instancia infringe las normas de valoración de la prueba, prescindiendo de todos los testigos propuestos por nuestra parte, simplemente porque no estaban sindicalizados, cuando son los únicos que presenciaron el episodio.
Todos estos errores del fallo de segunda instancia son los que pusimos de manifiesto en el recurso de casación, que se encuentra en trámite. Aclaro que vamos a dejarles copia del recurso, de nuestra contestación y de la sentencia en primera instancia.
Por tanto, no es cierto que se haya ganado el procedimiento judicial como manifestó la asesora del sindicato ni que exista desacato a la decisión judicial, como también se dijo en esta comisión. Como dijimos, la sentencia no está ejecutoriada. Nosotros interpusimos un recurso de casación, que está en trámite y cuya admisibilidad no solo no se encuentra en discusión sino que está reconocida por la jurisprudencia.
Debe estarse, entonces, a las resultas de este proceso judicial, no correspondiendo intervención de ningún otro órgano ni de ningún otro Poder. No corresponde intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como se ha manifestado en esta comisión para indagar sobre el cumplimiento o no de un fallo judicial, ya que ello violentaría el principio fundamental de nuestra democracia: la separación de Poderes.
Muchas gracias.

SEÑOR BELOQUI (Miguel).- En principio, quiero explicar que la intervención de la abogada responde a nuestra intención de dar respuesta a las dudas e interrogantes que quedaron planteadas en la reunión anterior.
Vamos a hacer nuestro planteo desde cero, porque esta es la primera oportunidad que tenemos de presentar nuestro enfoque sobre este problema. Hasta ahora nuestra actuación siempre ha sido en respuesta a las iniciativas del sindicato: nos citaron en dos ocasiones a concurrir a la Dinatra y también fuimos a los juicios que se procesaron en primera y en segunda instancia.
Antes de continuar, agradezco a la Comisión de Legislación de Trabajo de la Cámara de Representantes la invitación a concurrir a esta reunión para recibir nuestra opinión sobre la situación planteada por el SAG en la reunión del 16 de junio. Nos produce una gran motivación conocer el interés de la comisión por conocer nuestra opinión.
Hemos recibido y leído detenidamente la versión taquigráfica de la reunión de la comisión con el SAG. Por eso, consideramos fundamental proporcionarles nuestra opinión no solamente sobre los planteos del SAG sino también sobre los hechos acaecidos en nuestra empresa, muchos de los cuales no se han dado a conocer.
Con esa intención, y a efectos de aportar mayor objetividad y enriquecer la información, hemos pedido que nos acompañen algunos de los participantes e involucrados directamente en los hechos más relevantes de la situación que se vive en la imprenta Cidesol S.A.
A continuación voy a leer un resumen del primer relato de los hechos concretos que recibí directamente de la persona que desencadena esta situación: "Insultos racistas y amenazas de la delegada Loreley Corbo hacia el trabajador Alejandro Jorysz el día lunes 16 de marzo de 2015.- El pasado lunes 16 de marzo, cerca del mediodía, sucedió el episodio en cuestión. Yo no me encontraba en la imprenta, pero cuando llegué poco después de las 15 horas, la señora delegada Loreley Corbo me pide para hablar porque había tenido una discusión grave con otro trabajador. De esa manera, con sus propias palabras, recibo el primer informe sobre los hechos. Según su relato, todo comienza cuando ella llega ese día a trabajar y al entrar en la recepción encuentra a Camilo en su escritorio, con el termo, y a Alejandro, que estaba sentado en otro escritorio, a su lado, hablando por teléfono y tomando un mate recién cebado. Loreley se enfurece e increpa inmediatamente a Camilo, diciéndole por qué no había 'obedecido' sus instrucciones de que Alejandro tenía prohibido tomar del mismo mate que toman los trabajadores. Esta 'prohibición' era desconocida para mí, pero ella me explica enseguida que lo acusa a Camilo 'porque a él sí ya se lo había dicho muchas veces', y a continuación le sigue reclamando a Camilo que entonces ahora ella 'tendría que lavar y desinfectar todo, el mate y la bombilla', porque 'el otro', Alejandro, había tomado del mate de los trabajadores.- Siguiendo con su relato, después de este primer intercambio en la recepción ella se fue para su lugar de trabajo y Alejandro subió al suyo, en el primer piso. Pero al poco tiempo Loreley observa que Alejandro volvió a bajar y me explica que 'ella se da cuenta' que venía con intenciones de agredirla 'porque la venía buscando', y entonces ella lo enfrenta, y me relata todos los insultos que usa contra él en ese momento, entre los cuales me reitera que le dijo varias veces 'judío mugriento', y me explica que se lo dice directamente y en la cara porque 'él era eso' y 'ella no le tenía miedo', y lo desafía a encontrarse en cualquier lugar en la calle, fuera del trabajo, donde lo puede enfrentar personalmente para tratarlo como se merece.- Finalmente, también me reconoce que ella era muy consciente de que su conducta la hacía merecedora de la sanción de despido. Pero me advierte que ella 'necesita el trabajo' y, desafiante, termina diciéndome: 'Vos sabrás lo que hacer'.- Loreley no mencionó en ningún momento ni una sola forma de agresión concreta, ningún acto agresivo de Alejandro. Por sus dichos, Alejandro no la golpeó, no la agarró, no le hizo ni siquiera un amague para asustarla, no la miró fijo... nada.- Por otra parte, ella no tenía ninguna lastimadura, ningún machucón, ni siquiera estaba asustada.- Por sus propios relatos, todo lo que se había dicho, y se había escuchado, fue dicho por ella, y Alejandro ni siquiera le pudo retrucar uno solo de sus propios insultos; ella no menciona en ningún momento ninguna palabra que él hubiera dicho.- Loreley no me expresó en ningún momento alguna idea de arrepentimiento, ni de lamentar lo sucedido, todo lo contrario; no tenía ninguna duda sobre lo correcto y totalmente justificado de su actuación".
Los testimonios de Alejandro Jorysz y Camilo Barazi pueden confirmar y ampliar los detalles de los agravios e insultos de Loreley, y por eso solicito que ellos continúen con sus relatos.

SEÑOR JORYSZ (Alejandro).- Es la primera vez que hablo fuera del ámbito de trabajo.
Dejé de trabajar en una empresa en la que me desempeñé durante cinco o seis años y hace más de un año y medio que me incorporé a la plantilla de Cidesol. Desde que ingresé a la empresa me relacioné normalmente con todos los trabajadores; inclusive, con Loreley Corbo, delegada sindical; más allá de algunos comentarios o actitudes, no tenía ningún motivo para tener problemas con ella.
Transcurridos más o menos seis meses de trabajo, sin ningún motivo ni desencadenante leí la versión taquigráfica, donde se dice que a partir de cierto momento se corta el diálogo con nosotros; creo que dice que a partir de la lamentable muerte de un compañero de la imprenta se cortó el diálogo. Loreley cortó el diálogo de un día para otro conmigo el diálogo y el saludo , aun estando vivo Pablo Moreno es decir, no se corresponde con lo que dijo en esta Comisión , pero no fue, como dijo acá, para evitar problemas que ya habían ocurrido. Ella no solo cortó el diálogo y el saludo, sino que comenzó un hostigamiento diario hacia mí, de todo tipo. En el testimonio que presenté, consta todo lo que viví durante un año, diariamente, porque no fue que cortó el diálogo y el saludo para evitar problemas y cada uno siguió su vida en la imprenta: yo conviví todos los días en el ambiente laboral con esa actitud. Para que yo pudiera desarrollar mi trabajo, era necesario que me comunicara con ella, y así se lo manifesté a la dirección de la imprenta en repetidas oportunidades; me plantearon que siempre evitara los problemas, que era conocido el temperamento de Loreley, pero que era su decisión, y que yo me dedicara a hacer mi trabajo. Es decir, yo tenía dos trabajos: mis tareas de vendedor y el de sortear todas las dificultades que me planteaba Loreley, no solo laborales, saboteando mi trabajo, sino también personales, al no hablarme. Yo fui agredido por ella todos los días durante un año.
Quizás por eso se hable del "carácter de los trabajadores militantes". Seguramente, yo no hubiera soportado este tipo de problemas en otro trabajo sin denunciarlo. Me siento muy cómodo trabajando en esta imprenta, y todos estos problemas, más allá de los disgustos y enojos, eran llevables.
Loreley Corbo hace más de once años que trabaja en la imprenta y llegó al extremo de decirle a clientes, cuando algo tenía que ver conmigo: "Eso tenés que arreglarlo con él, porque yo con basura no tengo nada que ver".
Cuando ella entraba a un lugar y me veía no compartimos ámbitos de trabajo; ella trabaja en taller gráfico y yo trabajo en la parte comercial decía sistemáticamente: "¡Qué olor a mierda que hay acá!".
Evidentemente, le hablaba mal de mí a todos los trabajadores, se refería a mí con insultos y demás. Acostumbra a hablar a los gritos, y por eso yo la he escuchado en repetidas oportunidades insultarme, referirse a mi condición de judío, es decir, "judío mugriento", "judío sucio", "judío de mierda"; esto era cotidiano en la imprenta.
Luego de sucedido todo esto sin saber que la señora Loreley Corbo luego sería despedida, y mucho menos que se presentaría un recurso de amparo para que fuera reintegrada, luego de lo que voy a narrar que ocurrió, plantee que la situación iba a ser más difícil de sobrellevar que lo que pasaba a diario y que yo soporté a lo largo de todo un año. Por eso, a raíz de esto y viendo la posibilidad de que Loreley Corbo fuera reintegrada, yo radiqué una denuncia de acoso laboral en la Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyo expediente lleva el número 2015-13-7-0002837; este trámite se encuentra en curso al día de hoy, a la espera de que se asigne un abogado para estudiar el caso.
Se habla de que esto surgió como consecuencia de la discusión natural entre dos personas. Bueno, para empezar, eso no es así. Además, mi actitud siempre fue la de soportar, evitar y, sobre todo, velar para que no se notaran este tipo de situaciones, que no son nada agradables. Evidentemente, yo trataba de hacer todo lo posible para no recibir este tipo de insultos a diario.
Sobre lo ocurrido ese día, no se dan detalles por parte de la delegada sindical y sí se aportan datos que son totalmente falsos, son mentira. El problema comienza tal como narró el director Miguel Beloqui en un ambiente de trabajo: la recepción de la imprenta. Yo estaba sentado en un escritorio, como todos los días, hablando por teléfono con un cliente, tomando un mate que me había cebado Camilo Barzi aquí presente , y que tuve que dejar sobre el escritorio porque la compañera Gabriela Santamaría me pasó una llamada. Loreley ingresó a la imprenta, fue directo a su taller la vi pasar por la recepción, volvió a hablar con Camilo y sin mediar palabra, al advertir que estaba el mate yo continuaba hablando por teléfono, comenzó a los gritos pelados, a un metro de mí, a recriminarle a Camilo por qué yo estaba tomando mate y le increpaba que yo no podía tomar de ese mate. Yo estaba acostumbrado a los gritos de ella, a sus insultos, y estaba preocupado por mantener el hilo de la conversación, aunque advertí que ella decía, por lo menos en dos oportunidades, que tendría que desinfectar todo, el mate y la bombilla. Esto era a los gritos pelados, mientras yo hablaba, al punto que tuve que cortar la conversación telefónica.
Mientras tanto, cuando Loreley se iba de la recepción enojada, por primera vez en un año le dirigí la palabra y reaccioné ante las cosas que dijo. Sentado desde el escritorio, con ella fuera de la recepción, lo único que hice fue preguntarle por qué me decía esas cosas si yo, en un año, no le había hablado ni le había hecho absolutamente nada. Reaccioné en ese momento, porque realmente ya no sabía cómo manejar esa situación. De hecho, ella se fue para su taller; eso es lo que falta en la narración tanto de ella como de Miguel, que lo que tuvo fue la versión que ella le comentó.
Yo quedé muy alterado después de eso por cómo se había dado todo. No sabía si ir a hablar con ella para decirle que había ciertas cosas que no podían seguir pasando, que no podía franquear. No sabía si irme, por lo enojado que estaba. Al final, me fui a la planta de arriba, donde yo también tengo parte de mis tareas. Fui hasta allí para serenarme, como en varias oportunidades me pasaba; la idea era alejarme, calmarme. La verdad es que me costaba calmarme, porque estaba más alterado que de costumbre. Intentando calmarme, empiezo a escuchar que Loreley, desde la recepción, nuevamente estaba a los gritos pelados, diciendo: "Este mugriento, este sucio. Yo no le falté el respeto". Y repetía: "Este mugriento, este mugriento, este mugriento". Yo trataba de calmarme, pero se escuchaba desde un piso de arriba: "Mugriento, mugriento, mugriento". Entonces, bajé. Cuando fui a bajar la escalera, realmente estaba enojado. Pero como a diario tenía que evitar los problemas, me fui serenando mientras bajaba por la escalera. Cuando quedé enfrentado a ella a una distancia similar a la que tengo con el señor presidente de la Comisión, Fernando Amado, le pregunté a quién le estabas diciendo todo eso. Ella se acercó a mí, y me dijo en la cara que me lo decía a mí. Le pregunté por qué me decía eso y, en la cara, me dijo que era porque era un judío sucio, un judío de mierda, un judío mugriento, porque era un puto. Luego, siguió de largo y yo anonadado porque si bien me había dicho de todo, nunca creí que llegara a ese estado caminé detrás de ella a cierta distancia, escuchando lo que decía. Ella me siguió insultando. Además de calificarme de alcahuete y de mala persona, una cantidad de cosas, volvió a repetir los mismos insultos iniciales. Yo, sin decir una sola palabra, escuchaba, anonadado, todo el rosario de cosas que me decía.
Ella se fue al taller con una trincheta en la mano, porque trabaja con ese elemento. Yo le digo: "Loreley, ¿vos te das cuenta lo que estás diciendo? ¿Por qué decís todo esto?". Me contestó que lo hacía porque sabía perfectamente qué tipo de persona era yo y qué era lo que había que hacer con gente como yo. Me dijo que sabía con quién hablar. Me manifestó que si quería, yo la echara, diciendo: "A la gente como ustedes les gusta echar gente". Siguió así, ya al borde de una cosa totalmente ilógica teniendo en cuenta cómo había surgido.
En un momento, hervía del enojo. Ahí entré a calmarme, porque hasta se entró a naturalizar la cosa. Luego de tanto insulto, me entré a calmar un poco. Luego, Loreley dijo el absurdo de que nunca más en mi vida juraba por ella y no sé qué yo iba a volver a tomar del mate de los trabajadores. Le pregunté por qué, dio una explicación incoherente totalmente, y ahí me retiré. Volví a la recepción. Estaban Camilo y Graciela, mirándome.
Todo lo del inicio fue frente a la recepción, con Camilo y Graciela presentes allí. Volví a la recepción y dije: "Me voy a retirar, me voy a ir". No sabía cómo manejar la situación. Habían pasado cinco minutos. Me fui afuera, me senté, traté de calmarme, pero no me calmaba. Me fui, y volví a la imprenta como tres o cuatro horas después del horario en que ella se iba, para asegurarme de que no estuviera. Naturalmente, le comenté al señor Beloqui qué fue lo que sucedió, aunque no con este lujo de detalles. Era habitual comentarle a Beloqui este tipo de cosas; también hablábamos de cuestiones de trabajo. Pero si cada cosa que ella me hacía a diario se lo decía al señor Beloqui y ampliábamos sobre eso, nunca hubiésemos hablado de trabajo. Yo le comento las cosas que habían sucedido y Beloqui me dijo que me lo tomara como siempre, con las mismas recomendaciones. Lo escuché y ta, no dije mucho más. Solo le expresé: "Esto fue un poquito distinto a como siempre". Fue nada más que eso.
Relato con todos los detalles porque me interesa decir cómo fueron las cosas, me interesa decir que yo en ningún momento proferí ni un solo insulto. Las tres o cuatro cosas que pude haberle dicho a Loreley, no ese día ni en ese momento, sino durante un año entero fueron: qué me estaba diciendo, por qué me decía eso y por qué me lo decía de esa forma; absolutamente nada más. Esa fue la tesitura que yo adopté, para poder trabajar a diario en esa imprenta y porque eran las condiciones que me pedían los compañeros de la imprenta para moverme en ese ámbito laboral.
Lo dije con lujo de detalles y contando movimientos para que no se crea que entremedio yo pude haber puesto una cara, etcétera. Esto fue lo que ocurrió. Ni siquiera le manifesté a Beloqui que no podía trabajar ahora con ella; nada.
A la otra mañana, fui a trabajar a la imprenta como siempre. Durante la mañana, tenía coordinada una visita médica de rutina y me fui antes. Quizás, coincidí una hora en el trabajo con Loreley, sin haber intercambiado ni una sola palabra, sin habernos visto, y luego me retiré. Quedé muy alterado con esa situación y no sabía cómo enfrentar los días siguientes. De hecho, no fui a trabajar durante dos días a la imprenta porque, realmente, estaba muy conmocionado por lo que había pasado. Cuando me reintegro, me entero de que, al otro día de lo sucedido, Loreley ya no trabajaba más en la imprenta.
Quiero mencionar un detalle porque hace cierto tipo de referencia a eso la doctora. Yo me reintegro el viernes y, además, ese es el día en que tienen la primera audiencia en la Dinatra. El sábado, al retirarme a las ocho de la noche de la imprenta, cuando yo me encontraba en la parada del ómnibus, sale un trabajador de la imprenta y me plantea, de muy buenos modos, la preocupación porque Loreley quedara sin trabajo. Me dice que él sabía que yo no tomaba decisiones, restando cierta importancia a lo sucedido, pero dando cuenta del planteo de ellos de que se trataba de un trabajador de la imprenta perteneciente al sindicato. Javier Moreno que estuvo presente en esta comisión me planteó la situación de muy buenos modos él también hacía tiempo que no me hablaba y me dijo que quería hablar conmigo porque me consideraba una buena persona; que él no me hablaba por ciertos temas que hubiesen ocurrido, pero que sabía que yo era una buena persona y podía entender. Me preguntó si estaba a mi alcance hacer algo para revertir la situación, que con una sanción capaz que se podía arreglar el asunto. Yo tomé de muy buenos modos lo que me dijo, por más que me habló como por media hora. Le dije que sí, que era tal como él decía, que yo no podía tomar ningún tipo de decisión, pero que me parecía muy bien que viniese a dialogar conmigo y que yo podía hablar con quien tuviera afinidad para trasladar esa preocupación.
Javier me planteaba que estaba muy preocupado porque esto ya no estaba en manos de ellos, es decir, de la comisión interna, donde, en ese momento, además de Loreley, había tres afiliados más. Me dijo que la pelota estaba fuera de la imprenta y que había gente decidida a hacer de esto algo muy grande, con grandes problemas; que realmente no sabía de qué se trataba, que todos íbamos a salir perjudicados, tanto ellos como nosotros, y a ver si se podía resolver de alguna manera. Yo tomé muy bien lo que me dijo y le expresé que lo iba a hablar, que me parecía muy sincero lo que me planteaba. Llegué a decirle solamente eso y él se retiró.
No quiero hacer ningún tipo de vinculación con eso, pero debo decir que, un minuto después, yo recibí una paliza en la parada del ómnibus, por parte de dos personas que no conozco ni reconozco. Yo soy militante político también y conozco a la gente de la vuelta, como se dice. No reconozco el tipo de práctica, pero recibí una paliza y, al otro día, domingo eso fue un sábado, terminé internado tuve dos operaciones , no por la golpiza, sino por una cuestión de cálculos en los riñones. Pero, evidentemente, toda esta situación de nerviosismo que tuve que pasar esa semana y de golpes que me propinaron, me afectó. Hay temas que me hubiese gustado atender, de denuncias o cosas que después me explicaron que hubiesen sido correctas de hacer por lo que había pasado. Estuve días internado, fui operado; estuve quince días más en reposo, hasta la nueva operación. Luego, me reintegré a trabajar.
Estas eran las aclaraciones que quería hacer respecto a lo ocurrido ese día.

SEÑOR BARZI (Camilo).- En primer lugar, quiero decir que lo que comenta Alejandro ocurrió de esa manera, tal cual lo describió. Es cierto que yo habitualmente tomo mate en la recepción y con los compañeros que estén en ese lugar.
Ese día, sinceramente, la forma en que entró la señora Loreley, con esa virulencia desmedida, preguntando por qué le había dado un mate a "ese" y que ahora iba a tener que desinfectar el mate, etcétera, convirtió todo en una situación violenta, inclusive hasta para quienes no sufrimos la agresión. Tanto es así que luego de que Alejandro le increpara por qué le decía eso y de todos los agravios que sufrió, una vez que se retiró de la imprenta Alejandro, yo fui a hablar con ella como hacía habitualmente con cualquier arranque de locura que tuviera o contra quien arremetiera; Alejandro no era el primero contra el que se tiraba de esa manera para plantearle que aflojara, que bajara la pelota al piso
Como ella ve provocadores en todos lados, en ese caso, el provocador era yo porque le había dado un mate a Alejandro. Entonces, me di media vuelta y me fui. Le dije: "No hablo más contigo". En definitiva, era la única persona que quedaba a quien ella le dirigía la palabra. En toda la imprenta, de los veinte y pico de trabajadores, a algunos no les hablaba porque eran unos judíos mugrientos, a otros porque eran unos sucios, a otros porque no sé qué.
La situación con Alejandro explota en ese momento para este lado; el tema es que anteriormente había explotado para el otro lado. Hubo compañeros que ante diferentes agravios o situaciones de presión por parte de una persona mayor, se fueron. En la imprenta trabajan muchos gurises que no tienen experiencia laboral, como no la tenían muchos de los que vinieron a esta Comisión cuando recién entraron a trabajar en la imprenta, con veinte años de edad. Hubo varios compañeros que tuvieron que irse, por diferentes tipos de agravios: gente que del 26 de Marzo y gente que no era del 26.
Es cierto, nosotros somos una imprenta esto es vox populi en la que hay compañeros que son militantes del 26 de Marzo, muchos de los cuales hacen trabajos voluntarios. Hay compañeros del 26 de Marzo que trabajan, son asalariados, están legalmente en planilla y no están sindicalizados; hay compañeros que no son del 26 de Marzo, son asalariados y sindicalizados, y otros que tampoco son del 26 de Marzo, son asalariados y tampoco son sindicalizados. Hay de todo. Cuando se ha despedido a algún trabajador ha sido por una notoria mala conducta y como decía la doctora Pérez Rosas de común acuerdo hasta con el propio sindicato. Tanto es así que de los trabajadores que fueron despedidos uno era del 26 de Marzo y no estaba sindicalizado o sea que no hay una intencionalidad de nuestra parte y el otro sí lo estaba y es hijo del redactor responsable del diario "La Juventud". Digo eso para que se entienda que las cosas no son tan lineales como a veces se quiere mostrar.
En lo personal, vine a Montevideo en el año 1994 a trabajar en la imprenta que en ese momento estaba en la calle Rivera era otra empresa y estoy desde los comienzos de la empresa Cidesol. O sea que he visto pasar por allí a innumerables compañeros, buenos, malos, de todo. Inclusive, los compañeros que formaron el sindicato junto con Loreley que eran del 26 de Marzo e integraban las listas y fueron convencionales de Asamblea Popular, o sea que no son gente extraña al partido político. Hoy se menciona a algunos compañeros que ya no están; algunos de ellos eran sindicalizados, precisamente, porque venían ya de una larga trayectoria de pertenecer al sindicato gráfico desde antes de trabajar en Cidesol y otros aprendieron el oficio gráfico allí, como tantos de nosotros que hemos pasado por todos los estamentos que existen en la empresa gráfica y hemos aprendido la gran mayoría de las cosas.
Sinceramente, en lo personal, me duele muchísimo que algunos compañeros hagan esa diferencia entre los que son sindicalizados y los que no porque nosotros jamás hicimos esa diferencia. Nos molesta por lo menos a mí que la abogada del sindicato diga que nos ven a todos como los patrones cuando trabajamos a la par de ellos y estamos sacando las papas del fuego en muchas situaciones.
Además, en la versión taquigráfica se menciona que se adeudaba dinero a los trabajadores y parecería que fuera un dinero importante y solo a los que son del sindicato, pero no es así. Como el pago habitual se ha hecho por semana, el tal atraso no existe porque se les paga plata por adelantado; si yo empiezo a trabajar y a la semana ya estoy cobrando cuando en realidad tendría que cobrar al mes porque soy mensual , en realidad, a los quince días tengo dos semanas de sueldo adelantadas. Entonces, atraso no hay de ningún tipo. Me parece que hay gente que tiene otras intenciones a la hora de venir a una comisión a exponer motivos. Eso nos molesta mucho.
Inclusive, muy a la ligera algún integrante de esta comisión quien en ese momento presidía la comisión comparó a la empresa con otras donde se pega a las mujeres; también se dijo que a muchas empresas cuando se las invita no vienen, pero nosotros venimos, estamos acá dando nuestra versión de los hechos.
Además, hay cosas que hemos tolerado muchísimo a todo el mundo. Por ejemplo, jamás pedimos a ningún trabajador sin excepción que marcara una tarjeta o que tuviera un horario determinado, que marcara salida y entrada; en este sentido, hemos sido flexibles hasta por demás.
Claro, hay una denuncia por represión sindical, nos llevan a juicio donde la empresa tiene que demostrar que no hay represión sindical, y lo demuestra, porque hasta los testigos que pone el sindicato lo dicen y, sin embargo, desde que empezó este conflicto por decirlo de alguna manera hemos estado en boca de todo el mundo y recién ahora estamos dando respuesta a todo esto porque ni siquiera hemos salido en nuestro propio diario a decir algo y a contestar diferentes agravios, escraches y campañas publicitarias que se han hecho con plata de los trabajadores no sé cuánto sale el minuto de publicidad en la radio de Kesman, pero me imagino que no debe ser barato lo cual me preocupa mucho. Todo esto nos molesta demasiado.
Nosotros hemos tenido una actitud de buen relacionamiento con todo el mundo pero, por lo que hasta ahora se ha demostrado, no nos han pagado con la misma moneda, por decirlo así. Nos gustaría que esta situación quede clara.

SEÑOR BELOQUI (Miguel).- El mismo día de los incidentes relatados y detallados, el día lunes 16, pude hablar con Alejandro y con los demás testigos de los hechos, y conocer la versión completa con todos los detalles de lo sucedido. Los hechos ocurridos ese día mostraron la verdadera dimensión y profundidad que había alcanzado el acoso y la discriminación que Loreley había ejercido sobre Alejandro.
Ya sabíamos que Loreley no quería saludar a Alejandro ni le hablaba; ella misma me lo había informado y me lo recordaba cada tanto. A pesar de que esa era una forma de relacionamiento inapropiada entre compañeros de trabajo, yo lo había aceptado, lo venía tolerando con paciencia y le pedí a Alejandro que hiciera lo mismo, que evitara a toda costa cualquier conflicto con ella.
Para facilitar el trabajo de la imprenta y tratar de evitar posibles conflictos entre ellos, desde hacía varios meses habíamos tomado medidas de reestructura modificando la división de las tareas y cambiando la coordinación de algunos sectores de trabajo, pero frente al último episodio todas las precauciones resultaron totalmente insuficientes. Peor aún: con su conducta actual Loreley sobrepasó un límite sin retorno.
Como los detalles de los hechos han sido señalados en abundancia, quisiera pasar a plantear a la Comisión nuestra posición con respecto a esta situación, a modo de declaración.
Dice así:
"En el año del 70 Aniversario de la derrota del Nazismo.- La Humanidad entera celebrando el fin del Genocidio más atroz y bárbaro que ha vivido en toda su existencia. Una descomunal aberración que no se podrá borrar jamás de la Memoria pero que fue derrotada hace 70 años, y que año tras año la Humanidad entera reafirma la convicción y el compromiso de seguirla superando para evitar por todos los medios que vuelva a repetirse algo semejante.- Declaración de Cidesol S.A. ante la Comisión de Legislación del Trabajo CRR, frente a los hechos vividos en nuestra empresa.-
1. Cidesol S.A. identifica como racistas, xenófobas, y antisemitas las expresiones utilizadas por Loreley Corbo, contra Alejandro Jorysz, trabajador de Cidesol S.A., el día lunes 16 de marzo.-
2. Expresiones racistas, xenófobas, y antisemitas utilizadas por Loreley Corbo contra Alejandro Jorysz, el día 16 de marzo de 2015.- 'Judío mugriento'.- 'Judío sucio'.- 'Judío de mierda'.- Juntamente con muchos otros varios y diversos insultos de absoluta bajeza.-
3.- Certeza absoluta del empleo de esas expresiones por parte de Loreley Corbo.- 3.1. Testimonio del agredido, Alejandro Jorysz.- 3.2. Dos testigos presenciales: Camilo Barzi y Graciela Santa María.- 3.3. Declaración de la agresora ante el titular de Cidesol S.A., Miguel Beloqui.-
4. Ausencia de desmentido. Loreley Corbo no ha negado en ningún momento la veracidad de estas afirmaciones. Ni ante la Dinatra ni ante el Juzgado.-
5. Cidesol S.A. condena el uso de esas expresiones de la forma más enérgica posible, ya que constituyen un agravio imperdonable en primer lugar para Alejandro Jorysz y al mismo tiempo para todos los integrantes de las empresas tanto su responsable como todos sus empleados.-
6. Repudia el intento de buscar un atenuante al carácter racista y xenófobo de estas expresiones con el argumento reaccionario de que son de uso popular en nuestra cultura, y por lo tanto inofensivas.-
7. Condena como especial agravante el hecho de que los insultos provienen de la delegada sindical de SAG.-
8 Pide a la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes, que incorpore esta declaración al conjunto de medidas que tomará para ayudar a la difusión pública de la situación".
Quisiera entregar una copia, no sé si el presidente puede hacernos un recibo sencillo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, no hay problema.

SEÑOR BELOQUI .- Muchas gracias.
Luego, quería continuar con un relato de una vivencia personal que tiene que ver con esta situación y que vivimos en el Penal de Libertad, que me tocó a mí, junto a muchos otros, en esa etapa de fascismo y dictadura.
En el Penal de Libertad conocí a Enrique "Quique" Jorysz, el padre de Alejandro. Era odontólogo y trabajaba en la policlínica del Penal de Libertad: un compañero muy querido por todos, como la mayoría, pero él, además, tuvo la oportunidad de cumplir un papel que fue agradecido por todos. Al trabajar en la policlínica odontológica del penal tenía oportunidad de convocar a los reclusos que necesitaban tratamiento odontológico y, de esa forma, podía ayudar a que distintos compañeros de diferentes pisos pudieran tener un contacto, lógicamente, clandestino, dentro del Penal, para poder acordar declaraciones en los momentos en que eran trasladados fuera del penal. El mecanismo era que cuando se conocían las citas de los procesos judiciales que se estaban llevando adelante e iban a ser trasladados al juzgado, previamente el padre de Alejandro, pedía que los compañeros que tenían que ir concurrieran a la policlínica. En el tiempo de espera, mientras se atendía a uno y a otro podían conversar entre ellos, para arreglar sus declaraciones. Ese era Quique Jorysz, el padre de Alejandro.
Además, en el Penal tuve oportunidad de presenciar el comportamiento de un oficial y de un sargento en otra circunstancia, en una requisa de su celda. Cuando estos oficiales iban a hacer las requisas, en el caso de Jorysz además de todas las expresiones como "pichi de mierda" y demás la expresión que se escuchaba, y que recibía a menudo, era la de "judío mugriento". También esto lo presencié.
Hoy en nuestra imprenta Cidesol S.A tenemos a Alejandro que es hijo de este compañero entrañable y recordado de esos tiempos. Es imposible olvidar las experiencias vividas en aquella situación y, evidentemente, que la asociación es inmediata y automática cuando escuchamos esas palabras y esas expresiones, en este caso, dirigidas a Alejandro en nuestra propia empresa. No podemos tolerarlo y buscaremos todas las formas posibles para que podamos llevar esto a la práctica. Sencillamente, consideramos que es una situación extrema de violación de los derechos más sagrados y universales de humanidad, que hemos sufrido y soportado en carne propia en situaciones extremas también. Quería acompañar, entonces, con este relato.
Para continuar, vamos a hacer referencia a algunos puntos que están expresados en la versión taquigráfica, sobre todo, a un párrafo que tiene relación con la delegada sindical. La abogada del sindicato, hablando de ella dice: "La compañera tiene once años de trabajo en la empresa, sin una sanción, sin ningún ti